martes, 4 de junio de 2013

Cambio de Titularidad de Licencia de Actividad

Cuando se traspasa la titularidad de un negocio o actividad (entre dos individuos o sociedades, entre una sociedad y un individuo…), es necesario comunicar a la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades (AGLA) dicho cambio, sólo para aquellas actividades sometidas al ámbito de aplicación de la Ordenanza por la que se establece el régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (OGLUA) artículo 4. Para ello, será necesaria la presentación en el Registro la documentación pertinente. De esta manera, el AGLA, en el plazo máximo de diez días, actualizará los datos del nuevo titular en el censo de locales. El censo es público y accesible a través de la página web del ayuntamiento.

Es posible consultar las licencias concedidas de acuerdo con la Ordenanza por la que se establece el régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (OGLUA), actualmente vigente.


Con el objeto de garantizar el ejercicio efectivo de la actividad por el nuevo titular y evitar eventuales perjuicios u obstáculos derivados de la actuación del anterior ejerciente, es conveniente, con carácter previo a la formalización del traspaso, informarse en el Ayuntamiento de Madrid sobre posibles expedientes disciplinarios o sancionadores (órdenes de demolición, ceses, precintos, clausuras…) que pudieran recaer sobre el local y que afecten al normal desarrollo de la actividad. Dicha información es gratuita.

Importe

La comunicación del cambio de titularidad está sujeta al pago de una tasa. La cuota para 2013 es de 104,10 € (Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos)


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