domingo, 27 de diciembre de 2015

Más información a cerca de Licencias de Apertura y Actividad en Madrid

Informes y proyectos técnicos

Las actividades inocuas tienen un procedimiento de legalización más sencillo, con menores requisitos y costes asociados. Aún así, en la solicitud generalmente será necesario adjuntar un informe técnico que incluya planos del local realizados por un profesional.

En el caso de las actividades calificadas es necesario aportar un proyecto técnico, más completo que permita emitir los correspondientes informes municipales, que variarán según las características y dimensión del negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos).

Los profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos son generalmente arquitectos, arquitectos técnicos, aparejadores e ingenieros técnicos industriales, que en todo caso estén colegiados, ya que será necesario incorporar el visado del colegio profesional.

A menudo no sólo preparan la información técnica, sino que se trata de empresas especializadas que te pueden asesorar e incluso adaptar el local para el cumplimiento de los requisitos.

El proyecto debe contemplar todas las características del establecimiento y de la actividad a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones y cumplimiento de las normas aplicables.

En concreto, en todas las actividades será muy importante observar todos los requerimientos de la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y de licencias de obras en el caso de que sea necesario proceder a efectuar reformas y obras en el local.

Luego están las normas aplicables para determinadas actividades, como pueden ser las de insonorización (pubs, discotecas, espectáculos, talleres, etc), higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc) o normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales).

Y recuerda que para actividades molestas suele ser necesario el permiso de la Comunidad de vecinos y que respecto a las actividades en domicilios, ya no se suelen conceder licencias por encima del primer piso de un edificio de viviendas.

Coste de la licencia de apertura y actividad

El coste de la licencia de apertura tiene dos componentes:

  • Tasas del Ayuntamiento: se calculan para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro, desde una cantidad mínima en pequeños municipios a varios cientos de euros para actividades inocuas y más de mil en actividades calificadas en ciudades como Madrid.
  • Coste del informe o proyecto técnico: dependerá de la complejidad del proyecto a realizar y del precio que tenga la empresa o profesional seleccionado, pudiendo oscilar desde un mínimo de 600 a 1.000 euros para actividades inocuas al doble para actividades calificadas. En proyectos que supongan obras o necesiten permisos especiales (determinadas actividades industriales) el coste se puede disparar hasta los 10.000 euros.
Recuerda que en ESINEINCA, Licencias de Apertura Madrid, somos profesionales de la gestión de Licencias de Apertura y Actividad

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domingo, 22 de noviembre de 2015

Solicitud de la licencia de apertura y actividad

A la espera de la próxima y definitiva eliminación de la obligatoriedad de obtención de licencia de apertura previa al inicio de actividad, prevista para junio de 2012, el procedimiento a seguir consta de los siguientes 4 pasos:

  • Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local, generalmente por técnico competente acreditado (ingeniero técnico industrial, arquitecto técnico …)
  • Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial. Conlleva el pago de unas tasas.
  • Pago de las tasas municipales correspondientes, en banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.
  • Presentación de la solicitud de licencia de apertura, junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales, en el registro del área competente del Ayuntamiento, generalmente urbanismo o medioambiente.

El plazo de resolución o respuesta del Ayuntamiento suele demorarse varios meses, muy a menudo incluso casi un año. Además oscila dependiendo de la carga de trabajo y del Ayuntamiento en cuestión.

Por ello, quizás te interese empezar a funcionar una vez que hayas presentado la solicitud, práctica muy habitual que se ampara en el silencio administrativo, eso sí, habiéndote asegurado de que cumples todos los requisitos necesarios para tu actividad, ya que de lo contrario te verás obligado a cerrar o subsanar las deficiencias detectadas, pudiendo incluso tener que pagar alguna multa.

Normativa 2011 sobre licencias de apertura: Ley de Economía Sostenible

La Ley de Economía Sostenible, de 4 de marzo de 2011, eliminó la obligatoriedad de la licencia de apertura para la mayor parte de las actividades, siendo suficiente con la presentación de una comunicación previa de apertura al Ayuntamiento y el cumplimiento de los requisitos de la actividad, que el Ayuntamiento comprobaría posteriormente.

Aunque había algunas excepciones importantes: “ …actividades que afecten a la protección del medio ambiente o del patrimonio histórico-artístico, la seguridad o la salud públicas, o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público…”.

El objetivo, largamente deseado y solicitado por Bruselas, era reducir parte de la burocracia asociada a la puesta en marcha de un negocio.

Pero la ley dejaba en manos de los Ayuntamientos la articulación del procedimiento administrativo y la creación de sus registros de actividades. Un año después son muy pocos los que lo han hecho, por lo que la medida no ha tenido el efecto deseado.

En cualquier caso, lo que esta Ley ha venido a legalizar es el “silencio administrativo” por el cual se toleraba en muchos casos la apertura una vez presentada la solicitud mientras se esperaba la respuesta municipal. Eso sí, supeditado siempre al cumplimiento de los requisitos, por lo que los proyectos técnicos y costes asociados a la licencia de apertura o actividad no se han visto modificados.

Normativa 2012 sobre licencias de apertura: novedades

El Real Decreto Ley 19 /2012 de 25 de mayo de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios introdujo importantes novedades para racionalizar y flexibilizar la concesión de las licencias de apertura por parte de los Ayuntamientos, lo que fue llamado en su momento como licencias express.

Así, en el caso de locales de menos de 300 metros cuadrados, no es exigible la Licencia previa de apertura sino que es suficiente con una declaración responsable o comunicación previa al  Ayuntamiento en la que el empresario se compromete a contar con la licencia de apertura correspondiente.

Este cambio es de aplicación para negocios nuevos pero también para cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios, así como para las licencias de obras en reformas que no necesiten proyecto de obra.

En la práctica esta nueva norma no supone grandes cambios ya que sigue siendo necesario presentar un informe técnico y pagar las tasas municipales, por lo que seguirán siendo similares los costes para el emprendedor y los ingresos para las menguadas arcas municipales. Se acompañará de una declaración responsable

Pero con la presentación de esos tres documentos se podrá empezar a funcionar a la espera eso sí, de la obtención de la licencia de apertura definitiva una vez que el Ayuntamiento haya realizado las inspecciones pertinentes.

Esperemos que esta vez la medida sí que consiga generalizar el procedimiento en todos los Ayuntamientos.

Licencias de Apertura en Madrid. Certificado Energético. Licencias Actividad Madrid, llámanos y te visitamos gratuitamente

domingo, 25 de octubre de 2015

Declaración responsable de actividades económicas, comerciales y de servicios

Para abrir una negocio en la ciudad de Madrid con carácter general, bastará una declaración responsable, excepto en aquellos supuestos en que se requerirá licencia por razones de seguridad, salud pública o protección del medio ambiente.

Se entenderá por declaración responsable, el documento suscrito por un interesado en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o facultad o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio (art. 71 bis de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Quedan excluidas:

  • Las actuaciones que conlleven uso privativo u ocupación de los bienes de dominio público, excepto actividades comerciales y de servicio que ocupen los locales individuales en los mercados municipales gestionados en régimen de concesión. 
  • Las actuaciones que afecten a inmuebles declarados como Bienes de Interés Cultural con declaración individualizada, a los bienes incluidos a título individual en el inventario de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid, así como a los inmuebles catalogados dentro del nivel de máxima protección en el planeamiento urbanístico aplicable, salvo que en los mismos ya se viniera desarrollando alguna actividad de las recogidas en el apartado 2, siempre y cuando no se afecten los elementos protegidos. 
  • Las obras que requieran de la redacción de un proyecto de obras de edificación, de conformidad con la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, salvo en los casos indicados en las letras a) y c) del apartado 2. 
  • Las actuaciones que quedan sometidas a licencia previa.

Redactamos la documentación técnica necesaria para la apertura de su comercio minorista u oficina mediante Declaración Responsable

domingo, 27 de septiembre de 2015

Cambio de titular de licencias, declaraciones responsables y comunicaciones previas

La licencia en vigor de la obra en una vivienda o edificio de viviendas podrá ser transmitida a un nuevo titular, que deberá comunicar el cambio al Ayuntamiento.

Puede consultar las licencias concedidas de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 23 de diciembre de 2004 (OMTLU) actualmente vigente.

Importe

La expedición del cambio de titularidad está sujeta al pago de una tasa. La cuota para 2015 es de 104,10 euros (Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos)

Cómo realizar el trámite

En línea: a través del enlace 'Acceso al Registro Electrónico' disponible en el apartado Tramitar. En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos).


  • Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de declaración disponible en el apartado ‘Impresos', guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
  • Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).


Presencialmente: en las Oficinas Municipales de Registro, en los registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirlo mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Documentación

  • Impreso normalizado en el que consten los datos de la licencia en vigor y la firma del anterior titular.
  • En caso de que el impreso no esté firmado por el el antiguo titular puede ser sustituida por el documento público o privado que acredite la transmisión intervivos o mortis causa de la propiedad o posesión del inmueble, local o solar (contrato de alquiler, por ejemplo).
  • Autoliquidación abonada de la tasa (ver instrucciones).

Para más información contacta con ESINEINCA, Licencias de Apertura Madrid

domingo, 23 de agosto de 2015

¿Qué es la licencia de apertura y actividad y sus tipos?

¿Qué es la licencia de apertura y actividad?

Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.

La licencia de apertura o actividad se concede al dueño de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada.

Deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.

Conoce bien los requisitos de tu actividad

A la hora de buscar un local, nave u oficina para tu negocio, debes tener siempre presente su adecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar.

Es muy importante que averigües esos requisitos antes de empezar la búsqueda (pregunta en tu Ayuntamiento o en una empresa especializada) para poder utilizarlos como filtro.

Para evitar costes inesperados, asegúrate de que el local cumple todos los requisitos antes de cerrar la compra o alquiler. Compruébalos incluso si en el local ya se ejercía esa actividad, ya que la normativa cada vez es más exigente y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual, que es la que te va a exigir a ti el Ayuntamiento.

Tipos de licencias de apertura y actividad.

Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:

  • Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.
  • Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.

Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.

Si necesitas resolver cualquier duda sobre que tipo de Licencia de Apertura necesita para su negocio, llámanos y te atenderemos encantado

domingo, 14 de junio de 2015

Semana cargada de #proyectos



Preparando la semana cargada de trabajo que se nos avecina. Sólo el #Lunes: Entrega de #Proyecto de #Urbanización para nuevos viales de #PolígonoIndustrial en #Fuenlabrada.  Allí también entrega #Proyecto para #DeclaraciónResponsable de #comercio al por mayor. Además, para #Rivas, entrega #Proyecto para #Licencia #Urbanística de Apertura de Actividad de #Franquicia de restauración #Kebab ...... Acabaremos la mañana con importante reunión con nueva #franquicia de restauración en #Madrid www.esineinca.com

martes, 5 de mayo de 2015

Nueva entrega de Proyecto para Declaración Responsable

En este caso se trata de la entrega de #proyecto relativo a #DeclaraciónResponsable para oficinas. 

El trabajo consistió en la elaboración de proyecto para la antigua #LicenciaDeApertura de un edificio de oficinas en #Madrid. 

Nos encargamos de la visita de toma de datos y reportaje fotográfico, levantamiento de planos, elaboración de memorias, pliegos y anejos, visado de los trabajos y entrega al ayuntamiento.

 www.esineinca.com - Licencias Urbanísticas - 91.801.83.35 — en Esineinca Ingeniería.


lunes, 27 de abril de 2015

Asesoría Técnico Urbanística para Emprendedores

Te asesoraremos sobre la viabilidad de tu negocio desde un punto de vista técnico urbanístico. Realizamos las consultas oportunas ante ayuntamientos y/o ECLU (ECU) y te damos la mejor solución. 

Abre tu negocio con garantías. Confía en profesionales.

Siempre con los #emprendedores. 

Asesoría técnico urbanística de calidad al mejor precio. 

Primera consulta gratis. Llama Ya. 91.801.83.35

#DeclaraciónResponsable #LicenciaDeActividad 

www.esineinca.com

sábado, 25 de abril de 2015

Declaración Responsable Oficinas en Pozuelo de Alarcón

Nuevo #proyecto para #Declaración #Responsable de #oficinas de 600 m2 de importante multinacional en Avda de Europa www.esineinca.com. 

Nuestro trabajo ha consistido en el levantamiento de planos, confección de memorias técnicas del proyecto, visado colegial del mismo y presentación ante el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcon (Madrid). #LicenciaDeActividad #DeclaraciónResponsable #Ingenieros

miércoles, 22 de abril de 2015

Proyecto Protección Contra Incendios Imprenta

Hace meses nos encargaron la realización de un #proyecto para la #SeguridadContraIncendios en un edificio industrial, una imprenta de 16.000 m2, en Ajalvir, de acuerdo al RD 2267/2004.


En este proyecto de definían las condiciones de #compartimentación, #sectorización, evacuación y la dotación de #instalaciones de #protección #contraIncendios.

La tipología del edificio es "C", cuenta con 6 sectores de incendio. El nivel de riesgo intrínseco del edificio es Medio 4 aunque cuenta con sectores de riego medio 5 como es el almacén de bobinas.


Cuenta con red de #BIE, #Hidrantes exteriores, grupo de presión contra incendios y reserva de 60 m3, #extintores, #alumbrado de #emergencia y #señalización.

Ayer, en compañía de los técnicos de una OCA realizamos inspección a las instalaciones, con resultado satisfactorio. 

Mi mas sincera enhorabuena a todos los participantes en este proyecto, técnicos, delienantes, instaladores, etc...

Para más información www.esineinca.com - 91.808.81.29



domingo, 12 de abril de 2015

Entrega de Premios a la Excelencia de la Seguridad de la Comunidad de Madrid


El pasado día 26 de marzo, celebramos en el Hotel Ritz de Madrid la Primera Entrega de Premios a la Excelencia de la Seguridad en la Comunidad de Madrid (#EXSEGCAM) que otorga el Programa de radio “Protegidos” de Cope Madrid Sur del cual formo parte como miembro del equipo, en calidad de Ingeniero experto en Seguridad de la Instalaciones.


Mi andadura en el programa comenzó allá por el mes de septiembre del año pasado y desde entonces he realizado una labor periodística, en calidad de asesor técnico, comentando noticias, actualidad, y dando una opinión técnica en asuntos relacionados con la seguridad en las Instalaciones en general y con la Seguridad Contra Incendios en particular.

El programa "Protegidos" se emite en Cope Madrid Sur, en el 89.7 FM, todos los martes de 19:10 a 20:00 horas y en él se aborda ampliamente el mundo de la seguridad, con secciones de actualidad, noticias, entrevistas, consejos, etc...

Dentro de los premiados se encontraba nuestro nuestro Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid, dado lo importante que es la labor de los Ingenieros Técnicos Industriales en la Seguridad. Recogió el premio en representación del COITIM su Decano, D. Manuel Corpa, que vino acompañado de Dña. María Fernández, Vicesecretaria y de D. Antonio Sánchez, Tesorero.







El listado completo de los premiados fue:

A la Jefatura Superior de Policía de Madrid.
A la Comandancia de la Guardia Civil-Madrid.
A la Unidad Militar de Emergencias (UME).
A la Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de Policía (UCSP).
Al Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil (Seprose). 
A la Comandancia de la Guardia Civil de Ceuta. 
A la Comandancia de la Guardia Civil de Melilla.
A la Comisaría de Parla del Cuerpo Nacional de Policía.
A la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO).
A la Consejería de Interior y Justicia de la Comunidad de Madrid.
Al Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General de Poder Judicial.
A la Delegación Provincial de Participación Ciudadana del CNP.
Al Sub Sector de Tráfico de la Guardia Civil Madrid-Sur.
Al Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS).
Al Puesto de la Guardia Civil de Valdemoro.
A los Guardias Civiles de puesto de Valdemoro.
Bomberos de la CAM.
Ayuntamiento de Pinto.
Ayuntamiento de Valdemoro.
Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix.
Ayuntamiento de Aranjuez.
Ayuntamiento de Getafe.
Ayuntamiento de Humanes de Madrid
Ayuntamiento de Alcorcón.
Policía Local de San Sebastián de los Reyes.
Policía Local de Móstoles.
Policía Local de Valdemoro
Summa 112.
Al Ilustre Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Madrid.
A la Vicepresidenta del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid. 

A las entidades privadas que más han destacado por el impulso de la Seguridad.

A LOS  MEDIOS DE COMUNICACIÓN EN SEGURIDAD
Seguritecnia.
Telemadrid.
Asociación Europea en Seguridad Internacional.

A LA SEGURIDAD EN LA EDUCACION
Al centro educativo Marqués de Vallejo.
Al centro educativo Bristol.
Al centro educativo Hélicon.

A LA SEGURIDAD EN LA SANIDAD
Al Hospital Universitario Rey Juan Carlos.
Al Hospital Universitario Príncipe de Asturias de Alcalá de Henares.

A LA SEGURIDAD EN EL TURISMO
A la cadena Hotelera Rafael Hoteles.
A la Cadena Hotelera NH.

A LA SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Al Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas.

A LAS EMPRESAS PRIVADAS DE SEGURIDAD Y SISTEMAS
LILIN Internacional.

A LA SEGURIDAD EN LAS ENTIDADES BANCARIAS
Al Departamento de seguridad del Banco Santander.

Los patrocinadores de tan importante evento fueron el Programa Protegidos de Cope Madrid Sur, ESINEINCA INGENIERÍA, SeguridadContraIncendios, FrioSistemas, Global Visión Technology, Banco de Santander, AEESI, entre otros.



Guillermo Caro Palomo
Ingeniero T. Industrial (UAH), Col. 16.123 del COITI de Madrid. Master en Instalaciones de la Edificación por la Universidad Complutense de Madrid.
Ingeniero Municipal del Excmo. Ayto de Perales de Tajuña (Madrid).
Dueño del Estudio de Ingeniería ESINEINCA INGENIERÍA y de la Instaladora y Mantenedora de Instalaciones de PCI y Térmicas Grupo SeguridadContraIncendios-FrioSistemas. 
Socio de Empresa de Reparaciones Plásticas y Medio Ambiente ECOPLAST INGENIEROS, S.L.

Para más información www.facebook.com/ProtegidosCopemadridSur - @ProtegidosCope

martes, 24 de marzo de 2015

Proyecto para la Apertura de Coworking en Madrid mediante Declaración Responsable

Recientemente nos han encargado la redacción de un proyecto técnico para la ejecución de obras de acondicionamiento y mejora y la legalización de la implantación de coworking en Madrid mediante el procedimiento de Declaración Responsable.

El local está incluido en un edificio residencial, situado cerca de Torrespaña, cuenta con 2 plantas y totaliza una superficie total aproximada de 700 m2.

Las obras de adecuación consistirán en una redistribución de espacios, mejora de acabados en paredes, suelos y techos y actualización de instalaciones.

A efectos de instalaciones, se dotará al establecimiento de un sistema de climatización de expansión directa formada por unidades interiores del tipo cassette de techo y de conductos, dependiendo de la zona, Asimismo, dispondrá de recuperador de calor entálpico debido al aforo.

Toda la instalación eléctrica será nueva y de acuerdo al REBT 842/2002, con conductor libre de halógenos y al menos 3 circuitos de alumbrado, con alumbrado de emergencia y señalización.

Por ultimo, a efectos de protección contra incendios, se dotará al local de un sistema de bocas de incendio equipadas, BIE y de un conjunto de extintores manuales de incendio, de acuerdo al DB-SI4 del CTE.

Para más información www.esineinca.com o bien 91.801.83.35



domingo, 15 de marzo de 2015

Nuevo proyecto para Declaración Responsable

Nuevo encargo de #Proyecto y #Dirección de #Obra para la adecuación interior y posterior apertura, mediante #Declaración #Responsable, de local de 650 m2 destinado a Bazar. Proyectos de Instalaciones de #PCI y #electricidad en BT. www.esineinca.com - 91.801.83.35. #LicenciaDeApertura


sábado, 28 de febrero de 2015

Cómo elaborar un Certificado de Eficiencia Energética

Certificado de Eficiencia Energética



En esta nueva entrada quiero explicar cuales deben ser los pasos mínimos para elaborar correctamente un #CertificadoEnergético en una vivienda o local que no sean de nueva construcción.

  • En primer lugar, SIEMPRE habrá que personarse en el local o vivienda. No es ni éticamente profesional ni legal la toma de datos "de oído".
  • Una vez allí empezaremos a recabar información del propietario, agencia inmobiliaria, etc.. tal como nombres y dirección del titular, antigüedad de la finca, etc..
  • Habrá datos que podremos obtener del catastro, Estos son la referencia catastral, año de construcción, superficie, etc..
  • Una vez que tenemos los datos necesarios (datos administrativos), podemos empezar a realizar un plano o croquis del local o vivienda a certificar, indicando fachadas acotadas por orientaciones, huecos con dimensiones y clase de vidrio y carpintería, medianerías, suelos o techos si los hubiese (pisos bajos, áticos, etc...), clase de instalaciones de calefacción y/o ACS. También mediremos la altura del inmueble a certificar.
  • Cuando realicemos la toma de datos de los huecos habrá que poner especial cuidado en los retranqueos de huecos, toldos, voladizos, etc.. También podemos evaluar el efecto de sombras sobre el inmueble.
  • Por último, deberemos realizar un reportaje fotográfico tan amplio como podamos y que incluya como mínimo una fotografía de la fachada, del tipo de ventanas, de los generadores de calor o frío, etc..
  • Una vez en el estudio, utilizaremos uno de los procediemintos simplificados para Certificación Energética de edificios existentes de los que se indican en MINETUR
  • Los datos obtenidos en la visita habrán de introducirse correctamente en el programa de cálculo que hayamos seleccionado. Una vez introducidos podremos saber cual es la clasificación energética de la vivienda o local. 

  • Además de la clase de eficiencia energética de la vivienda o local, habrá que indicar, al menos una alternativa, con unos criterios técnicos lo suficientemente razonables y que además sea económicamente viable, con el objeto de mejorar la clase de eficiencia del local o vivienda certificado.
  • En Comunidades autónomas como Madrid, este CEE se debería inscribir telemáticamente a fin de obtener la etiqueta.
Guillermo Caro,
Ingeniero T. Industrial, Master en Instalaciones de la Edificación, Especialista en Evaluación Ambiental de Actividades, Socio Fundador del Estudio de Ingeniería ESINEINCA INGENIERIA, Ingeniero Municipal (Actividades y Medio Ambiente) del Ayto. de Perales de Tajuña (Madrid)

Para más información visita nuestra web www.esineinca.com o pide cita sin compromiso con alguno de nuestro técnicos en el 91.801.83.35.



miércoles, 25 de febrero de 2015

Inexgibilidad de la Licencia previa

INEXIGIBILIDAD DE LICENCIA 

Para el inicio y desarrollo de las #actividades comerciales y servicios, no podrá exigirse por parte de las administraciones o entidades del sector público la obtención de licencia previa de instalaciones, de funcionamiento o de actividad, ni otras de clase similar o análogas que sujeten a previa autorización el ejercicio de la actividad comercial a desarrollar o la posibilidad misma de la apertura del establecimiento correspondiente, bastará con una  por parte del titular indicando que cumple con toda la legislación exigible acompañada de a documentación técnica exigible a cargo de  técnico especialista (www.esineinca.com).

Tampoco están sujetos a licencia los cambios de titularidad de las actividades comerciales y de servicios. En estos casos será exigible comunicación previa a la administración competente a los solos efectos informativos. 

No será exigible licencia o autorización previa para la realización de las obras ligadas al acondicionamiento de los locales para desempeñar la actividad comercial cuando no requieran de la redacción de un proyecto de obra de conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. 

La inexigibilidad de licencia no regirá respecto de las obras de edificación que fuesen precisas conforme al ordenamiento vigente, las cuales se seguirán regulando, en cuanto a la exigencia de licencia previa, requisitos generales y competencia para su otorgamiento, por su normativa correspondiente.

Para más información pueden contactar con nosotros en el 91.801.83.35 o a través de nuestra web www.esineinca.com


viernes, 23 de enero de 2015

Procedimiento de trabajo con una Declaración Responsable para la apertura de un comercio

En esta nueva entrada vamos a explicaros cual debería ser la forma correcta de vender y ejecutar una #DeclaraciónResponsable para la apertura de un comercio minorista de alimentación en Madrid.

En primer lugar, y tras la llamada de un cliente a nuestras oficinas interesándose en nuestros servicios, lo primero que haríamos sería asegurarnos de si es viable urbanísticamente la actuación que pretende en función del tipo de actividad y del emplazamiento, con herramientas online del tipo, visualizador urbanístico, PGOU, etc..

Paralelamente solicitaríamos precio a alguna ECU (ECITI, etc..) para poder adjuntarlo a nuestro presupuesto. Junto con esta solicitud corroboraríamos que la conclusión obtenida relativa a la viabilidad o no de la actuación pretendida es la correcta.

Una vez que tenemos la certeza de que es viable la implantación de actividad, procederíamos a facilitar nuestro presupuesto explicativo de los servicios que se incluyen para la redacción de la documentación técnica para una Declaración Responsable y la gestión y tramitación integral de la misma. Junto a todo esto aportaríamos el presupuesto de la ECU, el informe reducido de viabilidad y un breve dossier de presentación de los servicios que ofrecemos.



Ante todo se ha de trasmitir al cliente que somos unos profesionales del sector especializados en licencias urbanísticas y demostrarlo, no sólo con un simple presupuesto, si no con la mayor de la documentación que acredite que tenemos los argumentos que aseguran que la implantación pretendida va a llegar a buen puerto desde un punto de vista de documentación técnica previo a la apertura del negocio.

Nuestro precio obviamente es muy importante, por lo que habremos de ajustarnos a lo que dicte el  mercado ya que los precios de la ECU son prácticamente los mismos en todas ellas.

Al futuro cliente habrá que recordarle que gracias a Madrid Tax Free le efectuarán una devolución de tributos municipales de hasta el 100 % de la cuota satisfecha relativa a la Declaración Responsable.

Si nuestro precio ha sido ajustado, las probabilidades de que sea aceptado serán elevadas. Una vez enviado el presupuesto con el resto de documentación deberemos asegurarnos de que ha llegado correctamente, llamando al cliente y ofreciéndonos para explicarle detalladamente el mismo, lo que incluye, los plazos, etc..

Por fin nos han aceptado los servicios de ingeniería relativos a la implantación de actividad de comercio minorista de alimentación mediante procedimiento de declaración responsable, por lo que ahora comienza el trabajo técnico de verdad .....

Nuestro trabajo debe comenzar concertando con el cliente una vista al local para la toma de datos, elaboración de reportaje fotográfico y el levantamiento de planos necesarios para la documentación técnica justificativa. En esta visita deberemos informarle al cliente de las medidas que deberá adoptar en el local para la adecuación a normativa, tales como la instalación de alumbrado de emergencia, extintores, ventilación, ubicación de unidades condensadoras de A/A, muestras identificativas en fachada, etc.. (Se recomienda resumir todo lo informado y comunicárselo por escrito)

  


Cuando hayamos realizado estas tareas, una vez en el estudio, procederemos a realizar los planos con un programa de diseño (Autocad, etc..). Cómo mínimo deberemos aportar un plano de situación y emplazamiento, planos de cotas de estado actual y reformado, alzados y secciones y planos de instalaciones.

Paralelamente comenzaremos con la redacción de la memoria técnica explicativa de la actuación pretendida, indicando en ella como mínimo: que es lo que vamos a hacer, donde se ubica, quien es el promotor de la actuación, quienes somos quienes lo redactamos, la normativa de aplicación en la que se basa nuestra documentación, la descripción detallada de cómo es el local, de que estancias dispone y por último la justificación de que se han adoptado las medidas correctoras pertinentes para poder concluir que cumplimos con las OO.MM (Medio Ambiente, Ruido, Comercio, etc..), con los Documentos Básicos de Seguridad del CTE (DB-SI, SUA, etc..) y con el resto de normativa que le fuera de aplicación.

Acabada toda la documentación técnica formada por memorias y planos, se incluiría todo en un único documento que podríamos visar por un Colegio Profesional (COITIM, etc..),  y aunque este extremo ya no es obligatorio, yo lo recomiendo ya que el visado nos garantiza calidad y nos asegura el respaldo de un Seguro de responsabilidad Civil a nosotros como técnicos redactores y a nuestro cliente.

Esta documentación se enviaría de forma telemática a la ECU que hayamos elegido y una vez revisada, aceptada, y siempre que nuestro cliente hubiera satisfecho el pago de la cantidad a pagar a la ECU, se concertaría día de visita por parte de los técnicos de la ECU al local para comprobación. Si el resultado de la visita es favorable porque el local estuviera acorde a la documentación técnica se daría por concluido el procedimiento.



Guillermo Caro,
Ingeniero T. Industrial, Master en Instalaciones de la Edificación, Especialista en Evaluación Ambiental de Actividades, Socio Fundador del Estudio de Ingeniería ESINEINCA INGENIERIA, Ingeniero Municipal (Actividades y Medio Ambiente) del Ayto. de Perales de Tajuña (Madrid)

Para más información visita nuestra web www.esineinca.com o pide cita sin compromiso con alguno de nuestro técnicos en el 91.801.83.35.


martes, 13 de enero de 2015

Cómo se tramita la Declaración Responsable

Entendemos por DECLARACION RESPONSABLE, a aquel documento suscrito por el titular de la actividad o por su representante, en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple con los requisitos urbanísticos y sectoriales exigidos por la normativa vigente para implantar, modificar o ejercer la actividad, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo en que ejercite su actividad.

De esta manera, se podrá iniciar la ejecución de obras e instalaciones y el ejercicio de la actividad comercial y de servicios con la presentación de una declaración responsable o comunicación previa, según el caso, en la que el empresario declara cumplir los requisitos exigidos por la normativa vigente y disponer de los documentos que se exijan, además de estar en posesión del justificante del pago del tributo correspondiente cuando sea preceptivo.

Es de aplicación a las actividades comerciales minoristas y a la prestación de determinados servicios previstos en el Anexo de la Ley 2/2012, realizados a través de establecimientos permanentes sin limitación de superficie.  Quedan al margen las actividades desarrolladas en los mencionados establecimientos que tengan impacto en el patrimonio histórico-artístico o en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público.

La declaración responsable, o la comunicación previa, deberán contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación que así lo acredite y del proyecto cuando corresponda.

Los proyectos a los que se refiere el apartado anterior deberán estar firmados por técnicos competentes de acuerdo con la normativa vigente.

Cuando deban realizarse diversas actuaciones relacionadas con la misma actividad o en el mismo local en que ésta se desarrolla, las declaraciones responsables, o las comunicaciones previas, se tramitarán conjuntamente.

La presentación de la declaración responsable, o de la comunicación previa, con el consiguiente efecto de habilitación a partir de ese momento para el ejercicio material de la actividad comercial, no prejuzgará en modo alguno la situación y efectivo acomodo de las condiciones del establecimiento a la normativa aplicable, ni limitará el ejercicio de las potestades administrativas, de comprobación, inspección, sanción, y en general de control que a la administración en cualquier orden, estatal, autonómico o local, le estén atribuidas por el ordenamiento sectorial aplicable en cada caso.

En el marco de sus competencias, se habilita a las entidades locales a regular el procedimiento de comprobación posterior de los elementos y circunstancias puestas de manifiesto por el interesado a través de la declaración responsable o de la comunicación previa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 71.bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cómo se tramita


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domingo, 4 de enero de 2015

Algunas de las Declaración Responsable y demás proyectos realizados a lo largo de 2014

Durante el año que acaba de terminar hemos realizado más de 200 proyectos, muchos de ellos destinados a la legalización de la implantación de actividades, con o sin obras, mediante el procedimiento de la Declaración Responsable. A continuación hacemos un breve repaso de algunas de las que hemos realizado:

  • Declaración Responsable para Academia de Idiomas en C/ Santa Engracia (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia de Apoyo Escolar en C/ Padre Damián (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia de ShiatSu en Zona Bernabeu de Madrid
  • Declaración Responsable para Centro de Acupuntura en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para comercio de Frutería en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para comercio de Frutería en Metro El Carmen (Madrid)
  • Declaración Responsable para Comercio de Alimentación en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para comercio de Carnicería en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para Bazar en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • Declaración Responsable para Comercio de Frutos Secos en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Parque de Ocio Infantil en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Parque de Ocio Infantil den Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para Oficinas en Alcorcón (Madrid)
  • Declaración Responsable para Oficinas en Madrid Centro 
  • Declaración Responsable para Agencia Inmobiliaria en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para Agencia Inmobiliaria en Pinto (Madrid)
  • Declaración Responsable para Peluquería en Madrid Centro
  • Declaración Responsable para Centro de Estética en Zona Avda de América (Madrid)
  • Declaración Responsable para Centro de Estética en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para Pastelería Cafetería en Parla (Madrid)
  • Declaración Responsable para Obrador de Panadería y Cafetería en Cuatro Caminos (Madrid)
  • Declaración Responsable para Bar Restaurante en Zona Bernabeu (Madrid)
  • Declaración Responsable para Restaurante Japonés en Madrid Centro
  • .....

Aunque también hemos realizado proyectos para otro tipo de implantaciones mediante procedimiento de Licencia Urbanística:
  • Licencia de Actividad para apertura de Taller de Chapa y Pintura en Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Taller en Getafe (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Centro de Lavado en Ciempozuelos (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Centro de Lavado en Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pinto (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Alcorcón (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Fuenlabrada (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Alcalá de Henares (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. S.S. de los Reyes (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén y Oficinas en Pol. Ind. Campo Real (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Bar Restaurante en Pinto (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Bar Restaurante en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Club Social en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • .....

Y también hemos realizado proyectos para legalización de instalaciones varias:
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Industria en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Industria en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Almacén en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Oficinas en Madrid
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Viviendas en Getafe (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Climatización para Restaurante en Fuenlabrada (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Climatización para Edificio Oficinas CSIC (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en Moraleja de Enmedio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en Alcorcón (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en S.S. de los Reyes (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Eléctrica en BT para Bar Restaurante en Morata de Tajuña (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Eléctrica en BT para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación de Gas para Industria en Móstoles (Madrid)
  • Proyecto de Instalación de Gas para Industria Gráfica en Ajalvir (Madrid)
  • .....

Sólo nos queda dar las gracias a los clientes que han confiado en nosotros, tanto a los que nos han contratado por primera vez como a los que repiten.

Esineinca Ingeniería, desde 2003, más de 1600 clientes satisfechos. www.esineinca.com