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domingo, 4 de enero de 2015

Algunas de las Declaración Responsable y demás proyectos realizados a lo largo de 2014

Durante el año que acaba de terminar hemos realizado más de 200 proyectos, muchos de ellos destinados a la legalización de la implantación de actividades, con o sin obras, mediante el procedimiento de la Declaración Responsable. A continuación hacemos un breve repaso de algunas de las que hemos realizado:

  • Declaración Responsable para Academia de Idiomas en C/ Santa Engracia (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia de Apoyo Escolar en C/ Padre Damián (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia de ShiatSu en Zona Bernabeu de Madrid
  • Declaración Responsable para Centro de Acupuntura en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Academia en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para comercio de Frutería en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para comercio de Frutería en Metro El Carmen (Madrid)
  • Declaración Responsable para Comercio de Alimentación en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para comercio de Carnicería en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para Bazar en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • Declaración Responsable para Comercio de Frutos Secos en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Parque de Ocio Infantil en Fuenlabrada (Madrid)
  • Declaración Responsable para Parque de Ocio Infantil den Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para Oficinas en Alcorcón (Madrid)
  • Declaración Responsable para Oficinas en Madrid Centro 
  • Declaración Responsable para Agencia Inmobiliaria en Seseña (Toledo)
  • Declaración Responsable para Agencia Inmobiliaria en Pinto (Madrid)
  • Declaración Responsable para Peluquería en Madrid Centro
  • Declaración Responsable para Centro de Estética en Zona Avda de América (Madrid)
  • Declaración Responsable para Centro de Estética en Valdemoro (Madrid)
  • Declaración Responsable para Pastelería Cafetería en Parla (Madrid)
  • Declaración Responsable para Obrador de Panadería y Cafetería en Cuatro Caminos (Madrid)
  • Declaración Responsable para Bar Restaurante en Zona Bernabeu (Madrid)
  • Declaración Responsable para Restaurante Japonés en Madrid Centro
  • .....

Aunque también hemos realizado proyectos para otro tipo de implantaciones mediante procedimiento de Licencia Urbanística:
  • Licencia de Actividad para apertura de Taller de Chapa y Pintura en Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Taller en Getafe (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Centro de Lavado en Ciempozuelos (Madrid)
  • Licencia de Actividad para apertura de Centro de Lavado en Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Valdemoro (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pinto (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Alcorcón (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Fuenlabrada (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. Alcalá de Henares (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén en Pol. Ind. S.S. de los Reyes (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Almacén y Oficinas en Pol. Ind. Campo Real (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Bar Restaurante en Pinto (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Bar Restaurante en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • Licencia de Actividad para Club Social en Colmenar de Oreja (Madrid)
  • .....

Y también hemos realizado proyectos para legalización de instalaciones varias:
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Industria en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Industria en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Almacén en Pinto (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Oficinas en Madrid
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Viviendas en Getafe (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Calefacción para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Climatización para Restaurante en Fuenlabrada (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Térmica de Climatización para Edificio Oficinas CSIC (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en Moraleja de Enmedio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en Alcorcón (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Almacén en S.S. de los Reyes (Madrid)
  • Proyecto de Instalación PCI para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Eléctrica en BT para Bar Restaurante en Morata de Tajuña (Madrid)
  • Proyecto de Instalación Eléctrica en BT para Colegio (Madrid)
  • Proyecto de Instalación de Gas para Industria en Móstoles (Madrid)
  • Proyecto de Instalación de Gas para Industria Gráfica en Ajalvir (Madrid)
  • .....

Sólo nos queda dar las gracias a los clientes que han confiado en nosotros, tanto a los que nos han contratado por primera vez como a los que repiten.

Esineinca Ingeniería, desde 2003, más de 1600 clientes satisfechos. www.esineinca.com


martes, 18 de febrero de 2014

Legalización de instalaciones de PCI en Edificios Industriales

Para la inscripción en el registro de las instalaciones de protección contra incendios incluidas en el Real Decreto 2267/2004 de 3 de diciembre, en el que se establecen los requisitos de seguridad de las instalaciones contra incendios, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades del control reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid, habrá de dirigirse a una Entidad de Inspección y Control Industrial.
La documentación a presentar para el registro de instalaciones contra incendios será:

a) Instalaciones definidas en el apartado 1.c):
·         Proyecto técnico de la instalación contra incendios, suscrito por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, de acuerdo con lo indicado en el Real Decreto 2267/2004 y Real Decreto 1942/1993, y en la Orden de 16 de abril de 1998, que incluirá referencia de los materiales, aparatos, equipos, sistemas o componentes sujetos a marca de conformidad a normas, así como la clase o nivel ante el fuego de los productos de construcción que lo requieran, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 2267/2004.
·         Certificado por duplicado, firmado por técnico titulado competente, debidamente visado, en el que se acredite que la instalación cumple con el proyecto y con las prescripciones reglamentarias.
b) Instalaciones definidas en el apartado 1.a) y 1.b):
Memoria técnica firmada por técnico titulado competente.
·         Certificado por duplicado, firmado por técnico titulado competente, debidamente visado, en el que se acredite que la instalación cumple con la memoria técnica y con las prescripciones reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 2267/2004.
·         Si el establecimiento dispone de instalaciones que requieran ser realizadas por empresa instaladora autorizada se acompañará una copia del Certificado de inscripción como empresa instaladora de protección contra incendios.
·         La documentación para registrar las instalaciones de protección contra incendios se presentará en la Entidad de Inspección que elija libremente el titular de la instalación o su representante.
La Entidad de Inspección no iniciará la tramitación del expediente hasta que no se haya abonado la tarifa correspondiente. El simple hecho de presentar la documentación y abonar las tasas y tarifas reseñadas en el artículo 4 de la presente Orden permitirá al solicitante, que así lo interese, la obtención de un justificante de inscripción a efectos de conseguir un enganche provisional de agua en el Canal de Isabel II.
Las Entidades de Inspección en el momento de la recepción de la documentación, incluido el cumplimiento del punto anterior, procederá a asignar a la instalación un número de inscripción en el Registro de Instalaciones contra Incendios, que será reflejado inmediatamente en el sistema de información al que alude el artículo 8 de la presente Orden, en el que quede claramente identificada la Entidad de Inspección que va a tramitar el expediente.
La Entidad de Inspección determinará si debe realizar una inspección de la instalación, con anterioridad a la emisión del Certificado de Inscripción en el Registro de Instalaciones contra incendios, de manera que se cumplan los porcentajes indicados en el artículo 7 de la presente Orden.
Una vez terminada la tramitación, la Entidad de Inspección emitirá por cuadruplicado el Certificado de Inscripción en el Registro de Instalaciones contra incendios, según lo dispuesto en el artículo 3, punto 4 de la presente Orden. Dicho Certificado llevará indicadas las fechas de la próxima revisión y, en su caso, inspección periódica. Se hará entrega al interesado de dos ejemplares del Certificado anterior, (quien deberá presentar uno de ellos en la Dirección General de Industria, Energía y Minas) junto con una copia de la dirección de obra debidamente diligenciada a efectos de su presentación en el Canal de Isabel II. Otro ejemplar se entregará al instalador y un cuarto ejemplar permanecerá en el archivo de la Entidad de Inspección.
En caso de que se solicite un cambio de titularidad, se deberá presentar una copia de la autorización o registro antiguo de la instalación y una copia del contrato de compra-venta (o escrituras, etcétera) que justifique aquél.
Una vez iniciado un expediente por una Entidad de Inspección, no se podrá, salvo en casos justificados, cambiar a otra Entidad de Inspección para su finalización.
La Dirección General de Industria, Energía y Minas realizará periódicamente cuantas actuaciones crea necesarias sobre las Entidades de Inspección a fin de comprobar la adecuación material y formal de la tramitación de los expedientes de legalización y que las inspecciones de las instalaciones se han llevado a cabo según las normas reglamentarias de aplicación y según los porcentajes mínimos indicados en el artículo 7 de la presente Orden. Se realizará, al menos, un control trimestral de dichas actuaciones. Podrá recabar en cualquier momento a las Entidades de Inspección información sobre cualquiera de los expedientes, así como sobre la situación de los trabajos, evolución, resultados globales y otros aspectos que se consideren de interés.

Para la confección de la documentación técnica y proyectos puede dirigirse a ESINEINCA DIVISION INGENIERIA a tavés de www.esineinca.com o bién en el 91.801.83.35 www.consultaria.org


sábado, 15 de febrero de 2014

Documentación técnica en las instalaciones térmicas

Como especialistas en la gestión integral de legalización y puesta en marcha de todo tipo de instalaciones (ESINEINCA DIVISION INGENIERIA), a continuación definimos la documentación técnica a aportar para la legalización de las instalaciones térmicas según sea su potencia.

Según la potencia térmica nominal a instalar, en generación de calor o frío, será preciso o no preparar documentación técnica ello con la participación de los entes competentes (Comunidades Autónomas, Colegios Profesionales, etc.). Cuando se precisa documentación técnica, su composición dependerá de la potencia en juego; hasta 70 kW (inclusive) por servicio de frío o calor (o suma de ambos a la vez) puede bastar una memoria técnica (redactada por un instalador o por titulado competente). Para potencias mayores de 70 kW será preciso un proyecto de ejecución redactado por un técnico competente.

Proyecto de Ejecución.

Cuando sea necesario, será redactado por un técnico titulado competente que deberá velar por que se adapte tanto al RITE como a cualquier normativa en vigor. Su redacción incluirá la justificación de las soluciones adoptadas así como su adaptación a las exigencias del RITE, especificaciones de equipos, pruebas de puesta en marcha, etc., todo ello según un índice de contenidos mínimos fijado por el ente competente de Comunidad Autónoma.

Incluirá siempre:
Memoria (con amplia descripción y justificación de la solución y datos, así como de los equipos a emplear).

Cálculos (de cargas térmicas, de aislamientos, de caudales, diámetros, secciones, etc.). 

Planos de ejecución detallados y a escala.

Pliego de condiciones (de ejecución, de materiales y equipos, pruebas, de recepción, etc.)

Prepuesto de ejecución material (desglosado por subcapítulos y partidas, con definición de las mismas).

Anejos de cálculos específicos y otros.

Memoria Técnica.

Será la documentación tipo en instalaciones de 70 kW o menos, y deberá cumplimentarse en impresos según los modelos que diseñe el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Constará de:

Justificación de la solución.

Breve memoria descriptiva de la instalación, enumerando tipo, número y características de los generadores de frío y/o calor.

Cálculo de la potencia térmica (parámetros de diseño y datos finales)

Planos o esquemas de la instalación

En la Comunidad Madrid tenemos toda la información y modelos a través de http://www.aseicam.com/tramitacion_detalle.php?id=5

Para más información www.esineinca.com - 91.801.83.35

www.consultaría.org