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miércoles, 22 de abril de 2015

Proyecto Protección Contra Incendios Imprenta

Hace meses nos encargaron la realización de un #proyecto para la #SeguridadContraIncendios en un edificio industrial, una imprenta de 16.000 m2, en Ajalvir, de acuerdo al RD 2267/2004.


En este proyecto de definían las condiciones de #compartimentación, #sectorización, evacuación y la dotación de #instalaciones de #protección #contraIncendios.

La tipología del edificio es "C", cuenta con 6 sectores de incendio. El nivel de riesgo intrínseco del edificio es Medio 4 aunque cuenta con sectores de riego medio 5 como es el almacén de bobinas.


Cuenta con red de #BIE, #Hidrantes exteriores, grupo de presión contra incendios y reserva de 60 m3, #extintores, #alumbrado de #emergencia y #señalización.

Ayer, en compañía de los técnicos de una OCA realizamos inspección a las instalaciones, con resultado satisfactorio. 

Mi mas sincera enhorabuena a todos los participantes en este proyecto, técnicos, delienantes, instaladores, etc...

Para más información www.esineinca.com - 91.808.81.29



martes, 24 de marzo de 2015

Proyecto para la Apertura de Coworking en Madrid mediante Declaración Responsable

Recientemente nos han encargado la redacción de un proyecto técnico para la ejecución de obras de acondicionamiento y mejora y la legalización de la implantación de coworking en Madrid mediante el procedimiento de Declaración Responsable.

El local está incluido en un edificio residencial, situado cerca de Torrespaña, cuenta con 2 plantas y totaliza una superficie total aproximada de 700 m2.

Las obras de adecuación consistirán en una redistribución de espacios, mejora de acabados en paredes, suelos y techos y actualización de instalaciones.

A efectos de instalaciones, se dotará al establecimiento de un sistema de climatización de expansión directa formada por unidades interiores del tipo cassette de techo y de conductos, dependiendo de la zona, Asimismo, dispondrá de recuperador de calor entálpico debido al aforo.

Toda la instalación eléctrica será nueva y de acuerdo al REBT 842/2002, con conductor libre de halógenos y al menos 3 circuitos de alumbrado, con alumbrado de emergencia y señalización.

Por ultimo, a efectos de protección contra incendios, se dotará al local de un sistema de bocas de incendio equipadas, BIE y de un conjunto de extintores manuales de incendio, de acuerdo al DB-SI4 del CTE.

Para más información www.esineinca.com o bien 91.801.83.35



domingo, 15 de marzo de 2015

Nuevo proyecto para Declaración Responsable

Nuevo encargo de #Proyecto y #Dirección de #Obra para la adecuación interior y posterior apertura, mediante #Declaración #Responsable, de local de 650 m2 destinado a Bazar. Proyectos de Instalaciones de #PCI y #electricidad en BT. www.esineinca.com - 91.801.83.35. #LicenciaDeApertura


viernes, 23 de enero de 2015

Procedimiento de trabajo con una Declaración Responsable para la apertura de un comercio

En esta nueva entrada vamos a explicaros cual debería ser la forma correcta de vender y ejecutar una #DeclaraciónResponsable para la apertura de un comercio minorista de alimentación en Madrid.

En primer lugar, y tras la llamada de un cliente a nuestras oficinas interesándose en nuestros servicios, lo primero que haríamos sería asegurarnos de si es viable urbanísticamente la actuación que pretende en función del tipo de actividad y del emplazamiento, con herramientas online del tipo, visualizador urbanístico, PGOU, etc..

Paralelamente solicitaríamos precio a alguna ECU (ECITI, etc..) para poder adjuntarlo a nuestro presupuesto. Junto con esta solicitud corroboraríamos que la conclusión obtenida relativa a la viabilidad o no de la actuación pretendida es la correcta.

Una vez que tenemos la certeza de que es viable la implantación de actividad, procederíamos a facilitar nuestro presupuesto explicativo de los servicios que se incluyen para la redacción de la documentación técnica para una Declaración Responsable y la gestión y tramitación integral de la misma. Junto a todo esto aportaríamos el presupuesto de la ECU, el informe reducido de viabilidad y un breve dossier de presentación de los servicios que ofrecemos.



Ante todo se ha de trasmitir al cliente que somos unos profesionales del sector especializados en licencias urbanísticas y demostrarlo, no sólo con un simple presupuesto, si no con la mayor de la documentación que acredite que tenemos los argumentos que aseguran que la implantación pretendida va a llegar a buen puerto desde un punto de vista de documentación técnica previo a la apertura del negocio.

Nuestro precio obviamente es muy importante, por lo que habremos de ajustarnos a lo que dicte el  mercado ya que los precios de la ECU son prácticamente los mismos en todas ellas.

Al futuro cliente habrá que recordarle que gracias a Madrid Tax Free le efectuarán una devolución de tributos municipales de hasta el 100 % de la cuota satisfecha relativa a la Declaración Responsable.

Si nuestro precio ha sido ajustado, las probabilidades de que sea aceptado serán elevadas. Una vez enviado el presupuesto con el resto de documentación deberemos asegurarnos de que ha llegado correctamente, llamando al cliente y ofreciéndonos para explicarle detalladamente el mismo, lo que incluye, los plazos, etc..

Por fin nos han aceptado los servicios de ingeniería relativos a la implantación de actividad de comercio minorista de alimentación mediante procedimiento de declaración responsable, por lo que ahora comienza el trabajo técnico de verdad .....

Nuestro trabajo debe comenzar concertando con el cliente una vista al local para la toma de datos, elaboración de reportaje fotográfico y el levantamiento de planos necesarios para la documentación técnica justificativa. En esta visita deberemos informarle al cliente de las medidas que deberá adoptar en el local para la adecuación a normativa, tales como la instalación de alumbrado de emergencia, extintores, ventilación, ubicación de unidades condensadoras de A/A, muestras identificativas en fachada, etc.. (Se recomienda resumir todo lo informado y comunicárselo por escrito)

  


Cuando hayamos realizado estas tareas, una vez en el estudio, procederemos a realizar los planos con un programa de diseño (Autocad, etc..). Cómo mínimo deberemos aportar un plano de situación y emplazamiento, planos de cotas de estado actual y reformado, alzados y secciones y planos de instalaciones.

Paralelamente comenzaremos con la redacción de la memoria técnica explicativa de la actuación pretendida, indicando en ella como mínimo: que es lo que vamos a hacer, donde se ubica, quien es el promotor de la actuación, quienes somos quienes lo redactamos, la normativa de aplicación en la que se basa nuestra documentación, la descripción detallada de cómo es el local, de que estancias dispone y por último la justificación de que se han adoptado las medidas correctoras pertinentes para poder concluir que cumplimos con las OO.MM (Medio Ambiente, Ruido, Comercio, etc..), con los Documentos Básicos de Seguridad del CTE (DB-SI, SUA, etc..) y con el resto de normativa que le fuera de aplicación.

Acabada toda la documentación técnica formada por memorias y planos, se incluiría todo en un único documento que podríamos visar por un Colegio Profesional (COITIM, etc..),  y aunque este extremo ya no es obligatorio, yo lo recomiendo ya que el visado nos garantiza calidad y nos asegura el respaldo de un Seguro de responsabilidad Civil a nosotros como técnicos redactores y a nuestro cliente.

Esta documentación se enviaría de forma telemática a la ECU que hayamos elegido y una vez revisada, aceptada, y siempre que nuestro cliente hubiera satisfecho el pago de la cantidad a pagar a la ECU, se concertaría día de visita por parte de los técnicos de la ECU al local para comprobación. Si el resultado de la visita es favorable porque el local estuviera acorde a la documentación técnica se daría por concluido el procedimiento.



Guillermo Caro,
Ingeniero T. Industrial, Master en Instalaciones de la Edificación, Especialista en Evaluación Ambiental de Actividades, Socio Fundador del Estudio de Ingeniería ESINEINCA INGENIERIA, Ingeniero Municipal (Actividades y Medio Ambiente) del Ayto. de Perales de Tajuña (Madrid)

Para más información visita nuestra web www.esineinca.com o pide cita sin compromiso con alguno de nuestro técnicos en el 91.801.83.35.


martes, 18 de febrero de 2014

Legalización de instalaciones de PCI en Edificios Industriales

Para la inscripción en el registro de las instalaciones de protección contra incendios incluidas en el Real Decreto 2267/2004 de 3 de diciembre, en el que se establecen los requisitos de seguridad de las instalaciones contra incendios, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades del control reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid, habrá de dirigirse a una Entidad de Inspección y Control Industrial.
La documentación a presentar para el registro de instalaciones contra incendios será:

a) Instalaciones definidas en el apartado 1.c):
·         Proyecto técnico de la instalación contra incendios, suscrito por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, de acuerdo con lo indicado en el Real Decreto 2267/2004 y Real Decreto 1942/1993, y en la Orden de 16 de abril de 1998, que incluirá referencia de los materiales, aparatos, equipos, sistemas o componentes sujetos a marca de conformidad a normas, así como la clase o nivel ante el fuego de los productos de construcción que lo requieran, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 2267/2004.
·         Certificado por duplicado, firmado por técnico titulado competente, debidamente visado, en el que se acredite que la instalación cumple con el proyecto y con las prescripciones reglamentarias.
b) Instalaciones definidas en el apartado 1.a) y 1.b):
Memoria técnica firmada por técnico titulado competente.
·         Certificado por duplicado, firmado por técnico titulado competente, debidamente visado, en el que se acredite que la instalación cumple con la memoria técnica y con las prescripciones reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 del Real Decreto 2267/2004.
·         Si el establecimiento dispone de instalaciones que requieran ser realizadas por empresa instaladora autorizada se acompañará una copia del Certificado de inscripción como empresa instaladora de protección contra incendios.
·         La documentación para registrar las instalaciones de protección contra incendios se presentará en la Entidad de Inspección que elija libremente el titular de la instalación o su representante.
La Entidad de Inspección no iniciará la tramitación del expediente hasta que no se haya abonado la tarifa correspondiente. El simple hecho de presentar la documentación y abonar las tasas y tarifas reseñadas en el artículo 4 de la presente Orden permitirá al solicitante, que así lo interese, la obtención de un justificante de inscripción a efectos de conseguir un enganche provisional de agua en el Canal de Isabel II.
Las Entidades de Inspección en el momento de la recepción de la documentación, incluido el cumplimiento del punto anterior, procederá a asignar a la instalación un número de inscripción en el Registro de Instalaciones contra Incendios, que será reflejado inmediatamente en el sistema de información al que alude el artículo 8 de la presente Orden, en el que quede claramente identificada la Entidad de Inspección que va a tramitar el expediente.
La Entidad de Inspección determinará si debe realizar una inspección de la instalación, con anterioridad a la emisión del Certificado de Inscripción en el Registro de Instalaciones contra incendios, de manera que se cumplan los porcentajes indicados en el artículo 7 de la presente Orden.
Una vez terminada la tramitación, la Entidad de Inspección emitirá por cuadruplicado el Certificado de Inscripción en el Registro de Instalaciones contra incendios, según lo dispuesto en el artículo 3, punto 4 de la presente Orden. Dicho Certificado llevará indicadas las fechas de la próxima revisión y, en su caso, inspección periódica. Se hará entrega al interesado de dos ejemplares del Certificado anterior, (quien deberá presentar uno de ellos en la Dirección General de Industria, Energía y Minas) junto con una copia de la dirección de obra debidamente diligenciada a efectos de su presentación en el Canal de Isabel II. Otro ejemplar se entregará al instalador y un cuarto ejemplar permanecerá en el archivo de la Entidad de Inspección.
En caso de que se solicite un cambio de titularidad, se deberá presentar una copia de la autorización o registro antiguo de la instalación y una copia del contrato de compra-venta (o escrituras, etcétera) que justifique aquél.
Una vez iniciado un expediente por una Entidad de Inspección, no se podrá, salvo en casos justificados, cambiar a otra Entidad de Inspección para su finalización.
La Dirección General de Industria, Energía y Minas realizará periódicamente cuantas actuaciones crea necesarias sobre las Entidades de Inspección a fin de comprobar la adecuación material y formal de la tramitación de los expedientes de legalización y que las inspecciones de las instalaciones se han llevado a cabo según las normas reglamentarias de aplicación y según los porcentajes mínimos indicados en el artículo 7 de la presente Orden. Se realizará, al menos, un control trimestral de dichas actuaciones. Podrá recabar en cualquier momento a las Entidades de Inspección información sobre cualquiera de los expedientes, así como sobre la situación de los trabajos, evolución, resultados globales y otros aspectos que se consideren de interés.

Para la confección de la documentación técnica y proyectos puede dirigirse a ESINEINCA DIVISION INGENIERIA a tavés de www.esineinca.com o bién en el 91.801.83.35 www.consultaria.org