Régimen Especial
Criterio de Caja
Por fin puedes aliviar tu tesorería demorando
el pago del IVA de las facturas no cobradas. Si tu empresa tiene una cifra inferior a 2 millones de euros, podrás pagar el IVA de las facturas emitidas en el momento de su cobro. Para acogerte al nuevo régimen, debes notificar el cambio antes de Diciembre del presente año.
Cómo afecta el Régimen de Criterio de Caja a tu
negocio
- Puedes acogerte si eres una Pyme o autónomo con un volumen de negocio inferior a dos millones de euros
- Declara el IVA sólo de las facturas cobradas
- Deduce el IVA soportado, sólo de los importes pagados
- Regula los modelos oficiales y la liquidación del IVA
- Se adapta a los nuevos modelos oficiales de 2014: 303, 340…
- Comporta un mayor control en el registro de cobros y pagos
- Afecta a todas las operaciones interiores de clientes y proveedores.
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