domingo, 19 de enero de 2014

Anulada la Ordenanza de Licencias de Madrid

El Tribunal Supremo ha puesto el punto y final a la Ordenanza de Licencias elaborada por el ex alcalde Alberto Ruiz-Galladón por la que se creaba la Agencia de Licencias y nacían las Entidades Certificadoras. Se trata de entes privados que se encargan de sustituir al Ayuntamiento. Los empresarios presentan toda la documentación que requiere la petición de licencia y ellos certifican si se ajustan o no a lo que establece la legislación. Si es así, dan luz verde a la autorización.
En total, el TSJM anuló el 17 de febrero de 2011 hasta 57 artículos de norma. El Ayuntamiento recurrió y ahora, el Tribunal Supremo, ratifica la sentencia.
Los recursos contra esta norma fueron presentados tanto por el Gobierno regional como por la Asociación de Empresarios de espectáculos de Salas de Fiestas, Discotecas y Ocio.
El tribunal declaraba la nulidad de los artículos que hacen referencia a las Entidades Colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas, «cuya creación no es competencia del Ayuntamiento y no tiene cobertura legal suficiente».
A demás de los apartados referidos a las ECLUs, el TSJM también tumbó, entre otras cuestiones, el sistema de acreditaciones, las autorizaciones administrativas, los procedimientos de concesión de licencia de actividades, a la supervisión y los periodos transitorios.
El TSJM aclaraba que «la autonomía local es de naturaleza administrativa y no política». Es decir, que le quitaba la naturaleza legislativa para conferirle únicamente un perfil de gestor de las normas que elaboran las administraciones central y autonómica.
«La Ordenanza, si bien es una disposición general, no tiene rango formal suficiente para establecer este sistema». El TSJM entiende que se obligaba al usuario a tener que pasar por una de estas entidades, sí o si, para conseguir las licencias.
Asimismo, llegaba a apelar al artículo 31 de la Constitución. «El particular debe necesariamente acudir a la Administración para solicitar la licencia que le faculte para la implantación, desarrollo o modificación o cambio de las actividades», ya que «la potestad para otorgar licencias corresponde en exclusiva al Ayuntamiento».
Además, dice que la normativa contraviene, por lo que respecta a la labor inspectora de la Constitución, ya que «obliga al titular de la actividad a autorizar a otro particular el acceso a los espacios físicos, que son indispensables para que puedan desarrollar su actividad sin intromisiones ajenas».
«La ordenanza causa indefensión pues el particular, cuando no obtenga el certificado de conformidad, debe primero iniciar una reclamación ante la ECLU. Ante su desestimación de esta reclamación debe dirigirse al Ayuntamiento y, en el supuesto de que la administración desestime su reclamación, deberá acudir a la vía judicial», concluía el fallo.
Un portavoz municipal restó importancia al fallo del Supremo, ya que «el Consistorio está tramitando una ordenanza en la que se corrigen todos los puntos que anulaba el TSJM. Ahora, se dará la opción a los usuarios de pedir la licencia a través de la Administración o de las entidades certificadoras», precisó.
Por su parte, el portavoz adjunto del grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Madrid, Diego Cruz, celebró el fallo judicial y cree que la actual normativa carece de «seguridad jurídica» para los emprendedores, informa Europa Press.
Cruz destacó que se trata de un «nuevo varapalo jurídico» al Consistorio y recordó que, ya en el último Pleno municipal, los socialistas hicieron «una intervención» al respecto de la nueva ordenanza que el Ayuntamiento había señalado en cuanto al tema de licencias.
Así, destacó que Botella, «que siempre tiene una gran novedad», dijo durante la sesión plenaria que la nueva ordenanza sería «mucho mejor para los emprendedores» de Madrid. Esto para Cruz, no sólo es algo «incorrecto», sino que cree que «su falta de seguridad jurídica es evidente» porque la anterior ordenanza «había tenido la anulación de la mayoría» de su articulado.
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