viernes, 7 de marzo de 2014

Preguntas frecuentes sobre actividades que ejercen en contra de la normalidad urbanística

A continuación exponemos algunas de las más frecuentes al respecto de las Licencias de Apertura de establecimientos.
¿Qué sucede si hago una obra o realizo una actividad sin tener licencia?
Si se realiza una obra sin la correspondiente licencia, la Administración ordenará la paralización inmediata de la misma hasta su obtención. Si se trata del inicio de una actividad, ordenará el cese de la misma y, en caso de incumplimiento, se procederá al precinto del local.
¿Qué sucede si un local tiene licencia pero genera ruidos, olores o molestias medioambientales?
Si el local cuenta con licencia en vigor, el órgano competente para tramitar esta denuncia es el Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad.
¿A quién competen los problemas de orden público o ruido y desorden en la calle?
Al tratarse de temas de seguridad, deben ser comprobados y, en su caso, denunciados por los servicios de la Policía Municipal
¿Qué sucede si el local está en mal estado de conservación?
La competencia está atribuida al Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda si afecta a elementos estructurales de la finca o al Distrito correspondiente en caso contrario. Es obligación de los dueños de los locales el mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público.
¿El Ayuntamiento cierra de forma automática un local denunciado?
Salvo que exista un peligro inminente para la seguridad de las personas o bienes, antes de precintar una actividad o una obra se debe tramitar un procedimiento administrativo que, entre otros trámites, incluye la comprobación de la denuncia por parte de los servicios municipales, el requerimiento y la audiencia previa del titular denunciado.
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