Noticias en el sector de las licencias de apertura en Madrid. Todo lo que necesita para obtener su licencia de actividad o declaración responsable
sábado, 27 de diciembre de 2014
Buenos deseos para 2015
domingo, 18 de mayo de 2014
Noticias de Ingeniería. Los ingenieros alertan del “atroz” proceso de desindustrialización
Los principales problemas a los que se enfrentan sus empresas son el bajo nivel de I+D+i, el acceso a la financiación —pese a que un 78% de quienes dicen haber pedido un crédito para el negocio lo ha conseguido—, el funcionamiento de la Administración, el coste de la energía u las materias primas y la deuda pública.
El sondeo echa por tierra algunos mitos. Por ejemplo el de que las empresas viven de espaldas a la universidad. El 37% de los encuestados responde que su empresa ha contratado con la universidad, y el 30% que ha tenido relación profesional con algún instituto tecnológico. La transferencia de conocimiento ha sido mejor con estos últimos (5) que con la universidad (4,2). El 21% de las empresas ha registrado, además, al menos una patente.
Los ingenieros reconocen el esfuerzo tecnológico de sus empresas, que es valorado con un 6,3%. Entre las grandes actividades del oficio la tecnología alcanza mejor nivel en el ámbito “metalmecánico, metalurgia, maquinaria y fabricación de material”. A continuación se sitúa “automóvil”. Los ingenieros sitúan en los últimos escalones tecnológicos “consultoría” y “Administración pública”. El juicio es mucho más severo cuando se trata de valorar las políticas de gasto público en investigación, desarrollo e innovación, que alcanza un 3 sobre 10.
martes, 14 de enero de 2014
Ayudas para emprendedores

sábado, 18 de mayo de 2013
Todo sobre las Licencias de Apertura
¿Qué es la licencia de apertura y actividad?
Es una licencia municipal obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios. Consiste en un documento que acredita el cumplimiento de las condiciones de habitabilidad y uso de esa actividad.
La licencia de apertura o actividad se concede al tutular de un negocio para el desarrollo de una actividad determinada. Deberá renovarse cada vez que cambie la actividad desarrollada en el local, que haya modificaciones en el mismo o que cambien los propietarios del negocio, por ejemplo en caso de traspaso.
Conoce bien los requisitos de tu actividad
A la hora de buscar un local, nave u oficina para tu negocio, debes tener siempre presente suadecuación a los requisitos exigidos para el tipo de actividad a desarrollar. Es muy importante que averigües esos requisitos antes de empezar la búsqueda (pregunta en tu Ayuntamiento o en una empresa especializada como ESINEINCA DIVISIÓN INGENIERÍA) para poder utilizarlos como filtro.
Para evitar costes inesperados, asegúrate de que el local cumple todos los requisitos antes de cerrar la compra o alquiler. Compruébalos incluso si en el local ya se ejercía esa actividad, ya que la normativa cada vez es más exigente y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual, que es la que te va a exigir a ti el Ayuntamiento. Para ello confía en el asesoramiento técnico de auténticos profesionales como en www.esineinca.com
Tipos de licencias de apertura y actividad.
Existen dos tipos de licencias en función del grado de molestias, daños y riesgos a personas de la actividad a desarrollar:
- Actividades inocuas: son aquellas que no generan molestias significativas, impacto medioambiental (salubridad, higiene), daños a bienes públicos o privados ni riesgo para bienes o personas. Se consideran actividades inocuas muchos pequeños comercios como tiendas de moda o de productos de alimentación no perecederos, así como pequeñas oficinas para la prestación de servicios diversos.
- Actividades calificadas: son aquellas consideradas como molestas, insalubres, nocivas y/o peligrosas (hostelería, actividades industriales, determinados comercios y servicios) y que requieren adoptar medidas correctivas sanitarias, de seguridad y/o medioambientales. Muchas de ellas sólo se pueden realizar en suelo industrial.
Las únicas actividades exentas son aquellas profesionales, artesanales y artísticas que se realizan en el domicilio, siempre y cuando no exista venta o atención directa al público y no se cause molestias a los vecinos.
Informes y proyectos técnicos
Las actividades inocuas tienen un procedimiento de legalización más sencillo, con menores requisitos y costes asociados. Aún así, en la solicitud generalmente será necesario adjuntar un informe técnico que incluya planos del local realizados por un profesional y una breve descripción o memoria de la actividad a desarrollar. En algunos municipios exigen un Certificado de Idoneidad del local redactado por técnico competente (www.consultaria.org)
En el caso de las actividades calificadas es necesario aportar un proyecto técnico, más completo que permita emitir los correspondientes informes municipales, que variarán según las características y dimensión del negocio (informes urbanísticos, industriales, sanitarios, medioambientales o jurídicos).
Los profesionales acreditados para realizar este tipo de informes y proyectos técnicos son generalmente ingenieros técnicos industriales e ingenieros, que en todo caso estén colegiados, ya que será necesario incorporar el visado del colegio profesional. A menudo no sólo preparan la información técnica, sino que se trata de empresas especializadas que te pueden asesorar e incluso adaptar el local para el cumplimiento de los requisitos. Un ejemplo de empresa sería ESINEINCA DIVISIÓN INGENIERÍA con más de 1300 Licencias realizadas desde 2003. www.esineinca.com
El proyecto debe contemplar todas las características del establecimiento y de la actividad a desarrollar: planos de ubicación y distribución, dimensiones, reformas a realizar, instalaciones, medidas correctoras y cumplimiento de las normas sectoriales aplicables.
En concreto, en todas las actividades será muy importante observar todos los requerimientos de la ley de accesibilidad para personas discapacitadas y de licencias de obras en el caso de que sea necesario proceder a efectuar reformas y obras en el local.
Luego están las normas aplicables paradeterminadas actividades, como pueden ser las de insonorización (bares especiales, discotecas, espectáculos, talleres, etc), higiene y manipulación de alimentos (restaurantes, bares, cafeterías, etc), normativa en caso de incendios (alojamientos turísticos, espectáculos, actividades industriales), seguridad industrial, cumplimento de la legislación medio ambiental, etc...
Coste de la licencia de apertura y actividad
El coste de la licencia de apertura tiene dos componentes:
- Tasas del Ayuntamiento: se calculan para cada local teniendo en cuenta tres factores: relevancia comercial de la calle, tamaño del local y tipo de actividad. Las tasas son lógicamente mayores para actividades calificadas y cuanto más relevante sea una calle y más grande el local. Varían de un Ayuntamiento a otro, desde una cantidad mínima en pequeños municipios a varios cientos de euros para actividades inocuas y más de mil en actividades calificadas en ciudades como Madrid.
- Coste del informe o proyecto técnico: dependerá de la complejidad del proyecto a realizar y del precio que tenga la empresa o profesional seleccionado, pudiendo oscilar desde un mínimo de 199 a 599 euros para actividades inocuas al doble para actividades calificadas.
Solicitud de la licencia de apertura y actividad
A la espera de la próxima y definitiva eliminación de la obligatoriedad de obtención de licencia de apertura previa al inicio de actividad, prevista para junio de 2012, el procedimiento a seguir consta de los siguientes 4 pasos:
Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local, generalmente por técnico competente acreditado (ingeniero técnico Industrial).
Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial. Conlleva el pago de unas tasas.
Pago de las tasas municipalescorrespondientes, en banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.
Presentación de la solicitud de licencia de apertura, junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales, en el registro del área competente del Ayuntamiento, generalmente urbanismo o medioambiente.
El plazo de resolución o respuesta del Ayuntamiento suele demorarse varios meses, muy a menudo incluso casi un año. Además oscila dependiendo de la carga de trabajo y del Ayuntamiento en cuestión.
Por ello, quizás te interese empezar a funcionar una vez que hayas presentado la solicitud, práctica muy habitual que se ampara en el silencio administrativo, eso sí, habiéndote asegurado de que cumples todos los requisitos necesarios para tu actividad, ya que de lo contrario te verás obligado a cerrar o subsanar las deficiencias detectadas, pudiendo incluso tener que pagar alguna multa.
Normativa 2011 sobre licencias de apertura: Ley de Economía Sostenible
La Ley de Economía Sostenible, de 4 de marzo de 2011, eliminó la obligatoriedad de la licencia de apertura para la mayor parte de las actividades, siendo suficiente con la presentación de unacomunicación previa de apertura al Ayuntamiento y el cumplimiento de los requisitos de la actividad, que el Ayuntamiento comprobaría posteriormente.
Aunque había algunas excepciones importantes: “ …actividades que afecten a la protección del medio ambiente o del patrimonio histórico-artístico, la seguridad o la salud públicas, o que impliquen el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público…”.
El objetivo, largamente deseado y solicitado por Bruselas, era reducir parte de la burocracia asociada a la puesta en marcha de un negocio.
Pero la ley dejaba en manos de los Ayuntamientosla articulación del procedimiento administrativo y la creación de sus registros de actividades. Un año después son muy pocos los que lo han hecho, por lo que la medida no ha tenido el efecto deseado.
En cualquier caso, lo que esta Ley ha venido alegalizar es el “silencio administrativo” por el cual se toleraba en muchos casos la apertura una vez presentada la solicitud mientras se esperaba la respuesta municipal. Eso sí, supeditado siempre al cumplimiento de los requisitos, por lo que los proyectos técnicos y costes asociados a la licencia de apertura o actividad no se han visto modificados.
Normativa 2012 sobre licencias de apertura: novedades
El actual gobierno está trabajando en una nueva vuelta de tuerca en este sentido, al anunciar parajunio de 2012 una nueva medida para agilizar la apertura del pequeño comercio, probablemente en el marco de la Ley de Emprendedores o como complemento a la misma.
En la práctica no se esperan grandes cambios ya que seguirá siendo necesario presentar un informe técnico y pagar las tasas municipales, por lo que los costes para el emprendedor y los ingresos para las menguadas arcas municipales, seguirán siendo similares. Se acompañará de una declaración responsable en la que el empresario se compromete a contar con la licencia de apertura correspondiente.
Pero con la presentación de esos tres documentos se podrá empezar a funcionar a la espera eso sí, de la obtención de la licencia de apertura definitiva una vez que el Ayuntamiento haya realizado las inspecciones pertinentes.
Esperemos que esta vez la medida sí que consiga generalizar el procedimiento en todos los Ayuntamientos.
Para más información www.esineinca.com - Licencias de Apertura desde 2003
jueves, 16 de mayo de 2013
Medio Ambiente Urbano de Madrid - I
VENTILACIÓN FORZADA Y/O ACONDICIONAMIENTO DE LOCALES Y VIVIENDAS
De acuerdo al Titulo III de la OGPMAU de Madrid en los art. 32 a 35.
Artículo 32
32.1.- La evacuación forzada del aire caliente o enrarecido producto del acondicionamiento de locales o viviendas se realizará de forma que, cuando el volumen de aire evacuado sea inferior a 0,2 metros cúbicos por segundo, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 1,8 m, hasta el punto más próximo de cualquier hueco de ventana situada al mismo o superior nivel en plano vertical, sea o no este plano el del mismo paramento, excepto que esos paramentos sean fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) y formen un ángulo convexo mayor de 180o. También se considerará exceptuado el caso en que las ventanas se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o punto de extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquellas.
En el caso de que un caudal de aire inferior a 0,2 m3/seg. Se evacue a la vía pública procedente de un sistema de acondicionamiento o ventilación forzada, el punto de evacuación se hallará como mínimo a 2 m. por encima de la superficie de la vía pública. Todo ello sin perjuicio de la aplicación del artículo 53 en el caso de actividades que originen olores.
En el supuesto de que entre el punto de evacuación del aire viciado y la ventana más próxima se interponga un obstáculo de al menos 2 metros de longitud, y, de 80 cm. de vuelo, las mediciones se realizarán mediante la suma de los segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto evacuación -borde del obstáculo- ventana afectada.
32.2.- Si este volumen está comprendido entre 0,2 y 1 metro cúbico por segundo, la distancia medida entre el punto más próximo de la unidad externa, rejilla de expulsión o condensador de un equipo de climatización, con flujo perpendicular al plano de fachada será, como mínimo de 2,5 metros hasta el punto más próximo de cualquier ventana situada en su mismo paramento a nivel superior, y, 2 metros si se halla al mismo nivel. Asimismo, la susodicha distancia será de 3,5 metros con respecto a cualquier ventana situada en distinto paramento, excepto cuando se trate de fachadas distintas (pertenezcan o no al mismo edificio) que formen un ángulo de más de 180o. También se considerará exceptuado el caso en que las ventana se encuentren en fachadas paralelas a la rejilla o extracción y el flujo del aire vaya en sentido opuesto a aquellas. Si la salida se hallase situada en fachadas exteriores, la altura mínima sobre la acera será de 2,5 metros y estará provista de una rejilla de 45o de inclinación que oriente el aire hacia arriba.
Las medidas se realizarán siempre entre los dos puntos más próximos.
En el supuesto de que entre el punto de salida del aire viciado y la ventana más próxima se interponga un obstáculo de al menos 2 metros de longitud, y, de 80 cm. de vuelo, las mediciones se realizarán mediante la suma de los segmentos que formen el recorrido más corto de los posibles entre punto evacuación - borde del obstáculo - ventana afectada.
32.3.- Como excepción, cuando se trate de ventanas pertenecientes a espacios comunes interiores de tránsito, sin permanencia de público (escaleras o similares), y, siempre que el volumen de evacuación sea inferior a 1 m3/seg., la distancia entre el punto de evacuación y dichas ventanas deberán ser como mínimo de un metro.
32.4.- Para volúmenes de aire superiores a 1 m3/seg., la evacuación se hará siempre a través de chimeneas exclusivas cuya altura supere al menos en 1 metro la del edificio propio y la de los existentes, sean o no colindantes en un radio de 15 metros.
32.5.- De acuerdo con la Orden 1187/1998, de la Comunidad de Madrid, las evacuaciones directas de torres de refrigeración y condensadores evaporativos se hallarán al menos a 2 metros por encima de cualquier zona de tránsito o estancia de público en un radio de 10 metros.
32.6.- Todo lo antedicho en los apartados 1 a 4 de este mismo artículo será aplicable para cualquier aparato de climatización que, aun no evacuando necesariamente aire interior, produzca calentamiento del caudal de aire exterior circulado.
32.7.- Todo aparato o sistema de acondicionamiento que produzca condensación deberá disponer de una recogida y conducción de agua eficaz que impida que se produzca goteo al exterior.
Artículo 33
Los edificios de nueva construcción o en reestructuración total deberán dotarse de preinstalación de aire acondicionado que cumpla el artículo 32 de esta Ordenanza, siendo preferible la previsión de colocación de la(s) unidad(es) condensadora(s) en cubierta convenientemente instaladas, insonorizadas y apantalladas. En cualquier caso, deberá comprobarse, durante su instalación real, el cumplimiento de los artículos 89 y 90 de esta Ordenanza.
Artículo 34
34.1.- La evacuación de aire procedente de la ventilación o climatización de locales o actividades, deberá tener una concentración inferior a 30 p.p.m. de monóxido de carbono en el punto de salida al exterior. Con respecto a las condiciones estéticas se respetarán las disposiciones aplicables de la Normas Urbanísticas y en su caso las regulaciones que afecten a edificios con algún grado de protección
- Cuando por condiciones de inmisión admisibles en una actividad específica, las concentraciones en evacuación puedan superar los 30 p.p.m., deberá presentarse para su aprobación, proyecto de sistema de evacuación que garantice que en ningún punto de paso público se superarán las 30 p.p.m., y si existe estancia permanente de público, no podrán superarse las concentraciones de monóxido de carbono fijadas como límite, según el Real Decreto 1073/2002, por el que se traspone al derecho español la Directiva 2000/69/CE, o norma que lo sustituya.
Artículo 35
Cuando las diferentes salidas al exterior, procedentes de la ventilación o climatización de un local o actividad disten entre sí más de 5 metros, se considerarán independientes. También será así cuando se hallen en distintos paramentos verticales, que formen un ángulo convexo superior a 180o.
En caso de no ser así se considerarán efectos aditivos, valorando que las diferentes salidas equivalen a una misma, cuyo caudal será la suma de los caudales de todas ellas y la concentración de CO la media ponderada de las concentraciones emitidas por cada salida.
Para más información www.esineinca.com Licencias de Apertura desde 2003
lunes, 13 de mayo de 2013
Protocolo de Control Periódico de Actividades
Con fecha 25/03/2013 se publica el nuevo Protocolo de Control Periódico de Actividades del Ayuntamiento de Madrid.
El texto dice:
El sistema de gestión de licencias de la Ordenanza por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades de 29 de junio de 2009 (en adelante OGLUA), recoge la obligación de los titulares de las actividades de someterse a un control periódico que, sin perjuicio de los controles que corresponda realizar directamente a los servicios municipales, llevarán a cabo las entidades colaboradoras, quienes remitirán al Ayuntamiento el resultado de su actuación, a los efectos de que este pueda adoptar, en su caso, las medidas oportunas.
De acuerdo con lo que establece el artículo 66 de la OGLUA, las actividades que han de someterse a este control periódico son aquellas cuyo desarrollo tenga una incidencia medioambiental, en la seguridad de las personas o en la afluencia de público y aquellas incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.
La Disposición final primera de la OGLUA habilita a la Junta de Gobierno para que enumere las actividades concretas sometidas a control periódico, de conformidad con lo previsto en el artículo 66.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante Acuerdo de 22 de marzo de 2013, ha aprobado la relación concreta de actividades que deberán someterse a los controles periódicos establecidos por la OGLUA.
En ejecución de dicho Acuerdo, el presente Protocolo recoge las actividades sujetas a control periódico, desarrollando de forma pormenorizada el procedimiento establecido en la OGLUA, de forma que los titulares de actividades conozcan en todo momento el alcance y los efectos de la realización de las actuaciones de verificación y control y la forma en la que las ECLU deben realizar los correspondientes trámites, tanto ante ellos como respecto de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades.
El presente Protocolo sustituye al aprobado con fecha 19 de septiembre de 2011, recogiendo la nueva relación de actividades e incluyendo actas para facilitar la labor de comprobación de las ECLU y la normativa sectorial en materia de seguridad y medioambiental que resulta de aplicación.
La Disposición final primera de la OGLUA habilita, asimismo, al titular del Área de Gobierno u organismo competente por razón de la materia para aprobar las instrucciones y los protocolos técnicos necesarios para la gestión de las licencias urbanísticas y comunicaciones previas.
Por otra parte, el artículo 12 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades aprobados por Acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid atribuye al Presidente del Consejo Rector del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades las competencias para dictar los protocolos técnicos, instrucciones y circulares sobre las materias que sean competencia de la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades,
Primero.
Aprobar el Protocolo de control periódico de actividades, elaborado por la Agencia de Gestión de Licencias de Actividades cuyo contenido se incorpora como Anexo del presente Decreto y que sustituye al aprobado el 19 de septiembre de 2011 (BOAM de 13 de octubre de 2011).
Segundo.
El presente decreto surtirá efectos desde su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web del Ayto.
Para más información www.esineinca.com Licencias de Apertura desde 2003
sábado, 11 de mayo de 2013
Certificación Energética de Edificios
El 13 de Abril se publicó en el BOE el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
La transposición de la Directiva Europea 2010/31/UE llega con un retraso de ¡solo 3 años!.
Este Real Decreto, muy esperado en el sector ya que permitirá dinamizar algo el maltrecho sector de la construcción, refunde en una única normativa, la trasposición de la mencionada directiva junto con el RD 47/2007 de 19 de enero, mediante el que se aprobó un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, derogando este último.
Aunque la medida ocasiona un gasto para los propietarios, sin duda es un paso adelante y proporciona una información muy útil que será de vital importancia para los consumidores a la hora de elegir entre varios inmuebles, permitiendo conseguir grandes ahorros anuales al seleccionar calificaciones altas, y es que si un simple televisor de 300€ posee una etiqueta energética, ¡con mayor sentido debe tenerla una inversión varios ordenes de magnitud superior!
¿Qué obligaciones trae la nueva normativa?
Básicamente indica la obligatoriedad de disponer de un certificado energético de edificios,
nuevos o existentes, o parte de ellos (viviendas, locales, oficinas, etc.) en este último caso cuando, se vendan o alquilen. Así cuando se haga alguna transacción sobre estos, el certificado debe adjuntarse al correspondiente contrato.
Se creará un registro de certificados por Comunidad Autónoma con capacidad de realizar
inspecciones o controles técnicos y en caso de incumplimientos, se procederán a realizar las sanciones pertinentes.
Toda edificación superior a 500m2 (250 m2 para edificios públicos) de pública concurrencia y obligada a poseer un certificado energético, debe mostrar la etiqueta energética en lugar destacado y bien visible (típicamente en los accesos).
También indica que todo edificio que se construya a partir de 2021 (2019 si es público), debe ser de consumo de energía casi nulo.
¿Cuándo entra en vigor?
En general, a partir del 1 de Junio de 2013, todo contrato de compra-venta o alquiler debe
adjuntar el certificado energético y su etiqueta.
¿En qué consiste un certificado energético?
Es un documento en el que, en base a un estudio previo individual y particular, se plasman como mínimo:
Datos técnicos y administrativos de la edificación.
Relación de normativas energéticas.
La calificación energética obtenida de la edificación (etiqueta energética).
Lista de actuaciones aconsejadas para incrementar la calificación, con recomendación de
incluir su plazo de amortización en caso de acometerse.
Listado de pruebas realizadas
Los consumos energéticos anuales y su equivalente en emisiones de CO2.
¿Cuánto cuesta un certificado energético y que validez tiene?
Depende de cada tipología de la edificación, la información y datos disponibles a entregar al técnico y de los honorarios de cada profesional. En general una aproximación puede ser entre 1,5 y 4 € por m2.
Los certificados se expiden con una validez de 10 años máximo, tras lo cual debe realizarse uno nuevamente con la normativa vigente, aunque se pueden realizar voluntariamente antes de ese periodo, si se ha acometido alguna obra u actuación que mejore la calificación.
¿Dónde consigo un certificado energético?
Los certificados energéticos son expedidos por ingenieros o ingenieros técnicos todos ellos debidamente cualificados. Existen gran número de ingenierías y asesorías energéticas que ofrecen este servicio tal y como ESINEINA DIVISION INGENIERÍA www.esineinca.com
sábado, 4 de mayo de 2013
Tipos de trabajo que hacemos los ingenieros industriales
LICENCIAS URBANÍSTICAS
Proyecto y Dirección de Obra para Licencia de Actividad o Apertura.
Proyectos Técnicos
Memorias Técnicas
Declaración Responsable (documentación técnica)
Certificados de idoneidad
Certificados técnicos
OBRAS EN EDIFICIOS INDUSTRIALES Y LOCALES
Proyecto y Dirección de Obra
Proyecto
Dirección de Obra
Dirección de la Ejecución Material de la Obra
Proyecto de Legalización de Obras
INSTALACIONES INDUSTRIALES
Proyecto y Dirección de Obra para instalaciones:
- Eléctricas en Media Tensión
- Eléctricas en Baja Tensión
- Térmicas de climatización, calefacción y ACS
- Extracción mecánica
- Protección Contra Incendios, PCI
- Gas natural y GLP
- Abastecimiento de agua
- Saneamiento y depuración
MEDIO AMBIENTE
Proyectos medio ambientales
Estudios de Impacto Ambiental, EIA
Memoria de Evaluación Ambiental
Declaración de Vertidos
Identificación Industrial
Mediciones acústicas
Prueba de estanqueidad de conductos y chimeneas
ENERGÍAS RENOVABLES
Proyectos de energía solar térmica
Proyectos de energía solar foto voltaica
Proyectos de Geotermia
Proyectos de energía eólica
ESTUDIOS ECONÓMICOS
Estudios de viabilidad
Planes de negocio
Estudio y comparación de Ofertas
Relaciones Valoradas
Memorias Valoradas
INFORMES
Informes, Reconocimientos, Dictámenes
Actuaciones Periciales
Certificados
Inspección Técnica de Edificios ITE's
Informes de calificación de eficiencia energética (certificado energético)
Informes Acústicos
SEGURIDAD Y SALUD
Coordinación en Proyecto y/o Redacción Estudio Seguridad y Salud
Coordinación en Proyecto y/o Redacción Estudio Básico
Seguridad y Salud
Coordinación durante la ejecución de la obra
Coordinación en Proyecto y/o Redacción Estudio Seguridad y Salud y Coordinación en Ejecución
Coordinación en Proyecto y/o Redacción Estudio básico y Coordinación en Ejecución
ESTUDIOS TÉCNICOS
Plan de Emergencia y Auto protección
Fichas Técnicas Vehículos
COLABORACIONES Y ASESORAMIENTOS
Consultas medioambientales
Colaboraciones Técnicas
Consultas Técnicas
Por todo ello, si necesitas un ingeniero en cualquier parte del territorio nacional para que te realice alguno de estos trabajos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de www.esineinca.com o bien a través del 918018335.
Contratar el personal adecuado para tu negocio
Estos consejos están dirigidos a emprendedores que no cuentan con el presupuesto suficiente para contratar una empresa de recursos humanos que haga el trabajo por ellos. Desde luego, si esta en tus posibilidades hacerlo, pues que mejor que delegar en alguien profesional, esta importante pero muchas veces laboriosa tarea.
Y es que conseguir personal no es fácil, y conseguir personal calificado, con excelente actitud y de confianza es algo aún más difícil.
Por tanto, los emprendedores deben saber que la primera regla a la hora de contratar personal es, no caer en la tentación de hacerlo apresuradamente.
Elabora un perfil del puesto. Es importante que en tu proceso de selección tengas muy claro lo que buscas en una persona, para ello, tómate 30 minutos para crear un perfil que describa claramente: las funciones del puesto, sus atribuciones, limitaciones, requerimientos técnicos de la persona y cualquier otro aspecto relevante a considerar.
Define las condiciones salariales. El salario a pagar y las condiciones de contratación no se deben establecer a la ligera. Este es un error muy común sobre todo en los pequeños negocios donde una contratación mal definida puede repercutir en problemas de tipo presupuestario o incluso legal. Así que antes de comenzar tu proceso de selección, asegúrate de evaluar a conciencia cuánto realmente puedes pagar y en que condiciones para que todo quede claro desde el inicio, tanto para tu persona como para el empleado.
Anuncia por diferentes medios la(s) oportunidades de empleo que ofreces.
Asegúrate de tener suficientes candidatos para elegir a la persona correcta. Para ello comienza por dar a conocer por distintos medios la plaza que ofreces. Puedes hacer encargos con amigos, conocidos o bien hacer publicaciones por servicios gratuitos de Internet. Y si es necesario y tienes presupuesto para ello, publica tu oportunidad de empleo en algún periódico local. De esta forma tendrás diferentes opciones para evaluar y elegir.
Solicita que te envíen previamente sus CV. Dependiendo del tipo de puesto que ofrezcas y la urgencia que tengas por contratar, solicita a las personas que se presenten a una entrevista con su CV o bien que te la envíen previamente por correo convencional o correo electrónico.
En lo posible la segunda opción es más recomendable porque te da la oportunidad de leer y evaluar con mayor detenimiento a los aspirantes al puesto.
Filtra a tus posibles candidatos. Una vez que tengas varios interesados en el puesto, el siguiente paso es filtrarlos de acuerdo a tus prioridades. Mi sugerencia es que establezcas dentro de tus prioridades que es lo que más te interesa y estas son algunas sugerencias: confianza, capacidad, actitud, preparación académica, experiencia. Por ejemplo, si la experiencia es uno de tus requerimientos principales, entonces elige en primer término a los candidatos que cuenten con el mínimo de experiencia requerida. La actitud y la confianza también deberían ser determinantes y no deberías tomar en consideración a prospectos que tenga antecedentes de dudosa reputación o que hayan reportado problemas de actitud en trabajos anteriores.
Entrevístales. El siguiente paso obligado es una entrevista personal. Esta entrevista es fundamental porque en ella podrás conocer a la persona y tener una importantísima "primera impresión". La entrevista debe tener un objetivo claro y es observar el comportamiento de la persona: cómo se expresa, como llega vestido, como se comporta y en general podrás evaluar aspectos como: su puntualidad, formalidad y deseo de trabajar.
Las preguntas que realices deben permitir que la persona hable, se exprese y mientras tanto tu observas. En general, la entrevista conlleva una gran dosis de percepción e intuición y en ella podrás determinar si es realmente esa persona la que complementa tu equipo de trabajo.
Evalúa su postura corporal. Las personas tendemos a expresar el 20% con las palabras y el 80% con nuestros gestos.
Durante una entrevista es determinante aprender a interpretar algunos signos básicos como la mirada, su forma de sentarse, su forma de hablar y hasta la manera de acomodar los brazos.
Usualmente una persona que no te ve directamente a los ojos esta reflejando timidez, inseguridad o incluso hasta podría ser que no te esté diciendo la verdad. Intenta durante la entrevista ver más allá de lo que te puedan estar diciendo verbalmente.
Se claro en las condiciones laborales. Si percibes a la persona como un buen candidato(a) entonces puedes proceder a hablarle sobre las condiciones laborales y salariales.
El objetivo es que conozcan lo que ofreces y lo que esperas de ellas para saber si su interés en la plaza es genuino.
Esto es muy importante a fin de evitar malos entendidos posteriores y sobre todo para que puedas estar seguro de que la persona entiende y acepta las condiciones del trabajo.
Realiza las pruebas prácticas necesarias.
Dependiendo del tipo de trabajo a realizar, en muchos casos es indispensable realizar pruebas prácticas. Estas, si bien requieren tiempo y recursos, son importantes para asegurar que la persona cuenta con el conocimiento y las habilidades que dice tener.
Investiga sus referencias. Como uno de los pasos finales pero no menos importantes es la evaluación de sus referencias personales y laborales. Toda persona interesada deberá presentarte referencias personales y de trabajos anteriores que se puedan contactar.
Llamar a sus contactos y solicitar una referencia de la persona puede revelar información importante e incluso ayudar a tener una mejor imagen del candidato en cuestión.
Analiza cada caso y toma una decisión. Finalmente y una vez seleccionados los posibles candidatos, haz un análisis de tus opciones y toma una decisión de contratación.
Procura un proceso rápido y práctico.
Debes tomar en cuenta que los procesos de contratación de personal hoy en día no pueden ser demasiado lentos.
Como conclusión recuerda que aunque el proceso de selección y contratación de personal sea realizado con mucho cuidado, para que el colaborador contratado pueda desempeñarse adecuadamente es necesario que existan etapas posteriores de capacitación, adaptación y supervisión igualmente efectivas.
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jueves, 2 de mayo de 2013
Emprender un negocio
¿Qué ha de hacer un emprendedor para iniciar un negocio? ¿Qué decisiones pueden garantizar la viabilidad de la empresa? Para intentar minimizar estas dificultades, y con años de retraso, el Gobierno central avanzó esta semana algunas medidas encaminadas a fomentar la emprendeduría entre los jóvenes. Se trata de una tarifa plana de 50 euros durante los primeros seis meses en las cotizaciones sociales y se ultima también una reducción del 30% de las cotizaciones sociales durante dos años para hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 que inicien un negocio.
Pero, al margen de estas facilidades económicas, los expertos recomiendan asesorarse y estar informado. Crear un plan de viabilidad que identifique los riesgos, evalúe la competencia, calcule la inversión para aguantar los primeros envites y prevea cuestiones de marketing es vital para garantizar el éxito de la empresa.
Pero, sobre todo, se ha de estar convencido. "¿Quiero dedicarme en los próximos cinco años a esta actividad?". Esta es la pregunta que debería realizarse el emprendedor antes de empezar. Antes de tirarse hay que mirar si la piscina está llena.
La crisis ha llevado a muchos a considerar la emprendeduría como una opción para reintroducirse en el mercado laboral. Por eso, el emprendedor debe "pensar más con la cabeza que con el corazón". Advierte que no se puede confundir una idea que se consulta con amigos y familiares y que puede ser rompedora con una oportunidad de negocio.
No todos tienen capacidad para llevar su propia empresa. "Por naturaleza el emprendedor es optimista, y esta cualidad que es positiva puede llegar a ser contraproducente si se está desinformado".
De ahí, que sea vital dedicarse a lo que realmente se sabe hacer y dejar para otros cuestiones técnicas. Es recomendable contar con Consultores especialistas en negocios como ESINEINCA DIVISIÓN INGENIERÍA www.esineinca.com y con un gestor para el resto de las cuestiones burocráticas y dedicar el tiempo a llevar y salvaguardar el negocio.
En la apertura de una empresa nada es baladí, La elección de socios, algo que inicialmente puede hacerse por afinidad entre amigos, familiares o un inversor, puede ser con el tiempo una lacra. Es necesario escoger bien a los compañeros de viaje. "Cuando las cosas van de cara no hay problemas, pero si la empresa sufre contratiempos una mala relación entre los socios puede llevársela por delante", es importante establecer de antemano liderazgo del proyecto porque un 50% nunca desempata.
Es aconsejable asociarse con personas que puedan aportar valor a la empresa e incorporar a inversores solventes. "No es necesario optar por el primero que aparece. Si crees que la idea es buena vendrán otros".
Otra de las recomendaciones que hacen los expertos es la de no infravalorar el capital inicial. Habitualmente, este dinero sale de indemnizaciones de despido, ahorros de familiares y amigos... Si la cantidad es reducida puede representar un problema para mantenerse a flote. "Durante los primeros meses o el primer año es difícil conseguir beneficios", dice Fernández Terricabras. Es necesario disponer de un colchón que permita pasar las primeras penurias. Si este capital es pequeño se renuncia a la financiación, ya de por sí bastante complicada, y también a crecer.
Suele haber dos tipos de emprendedor: el que lo lleva en el ADN, alguien con capacidad de liderazgo y a quien le gusta asumir riesgos, y el que tiene una idea clara del producto o servicio que pretende ofrecer. Al primero le aconseja evaluar el mercado, participar en foros y buscar una oportunidad de negocio. Al segundo, rapidez. "Pensar que las ideas solo se le ocurren a uno es erróneo y se le pueden adelantar".
Lo cierto, es que el perfil del emprendedor está cambiando. Entre un 60% y 70% de ellos tienen entre 25 y 40 años. Siete de cada diez cuentan con estudios universitarios. Pero frente a estos jóvenes destaca un nuevo tipo de emprendedor sénior, de entre 45 y 55 años, directivo de compañía que ha sufrido alguna reestructuración y que ofrece sus servicios de asesoría o consultoría estratégica a las empresas.
Autónomo o sociedad limitada
No conviene precipitarse en la adopción de esta decisión. Pero se ha de tener claro que la constitución de una sociedad implica hacerse cargo de costes notariales y registrales que no se asumen en el caso de establecerse como autónomo. Para constituir una SL es necesario un capital mínimo de 3.000 euros e invertir en costes de mantenimiento, pero permite la entrada de inversión y de otros socios. Por contra, la responsabilidad del autónomo, es ilimitada, es decir responde con la totalidad de su patrimonio. Rovira explica además que, a efectos fiscales, un autónomo tributa conforme al IRPF, por lo que será aplicable la escala de gravamen del citado impuesto. El tipo máximo es un 56%, mientras que una sociedad tributa conforme al impuesto de sociedades con tipos de un 20 a un 30%.
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martes, 30 de abril de 2013
Consejos para elegir la ubicación para tu negocio
Una de las decisiones más importantes que todo emprendedor necesita tomar a la hora de iniciar un negocio tiene que ver con la elección de un local comercial y todos los factores de riesgo que giran alrededor de éste.
Y no es para menos, ya que el éxito o fracaso de un negocio en mucho tiene que ver con la adecuada selección y ubicación del local para el mismo.
¿ Cuándo debeo pensar en un local comercial ? No todos los negocios necesitan un local, nave u oficina y de hecho dependiendo del tipo de negocio que realizas, puedes considerar la posibilidad de utilizar tu casa, tu garaje o bien algún espacio que algún familiar o conocido te ofrezcan por algún alquiler simbólico. El alquiler de un local deberías considerarlo sólo cuando tengas algún ahorro para cubrir los costos de montaje y cuando tu negocio tenga la suficiente estructura para poder abrir sus puertas y sostener la presión de generar ventas.
Desde luego, hay algunos tipos de negocios donde contar con un local formal es imperativo, para ellos, las consejos siguientes son fundamentales:
¿ Comprar o alquilar un local, nave u oficina? Aunque parezca obvia, la respuesta a esta pregunta para todo emprendedor es comenzar alquilando un local, pues ello te permitirá minimizar el riesgo mientras que tu negocio crece lo suficiente para poder expandirte y considerar entonces la compra de un local propio. Alquilar un local te permite además conocer tu negocio y tu mercado a la vez que creces gradualmente.
¿ Qué ventajas tiene alquilar un local ? La principal y más importante es que trabajas con contratos temporales (regularmente por plazos de 1 o 2 años) lo que te permite evaluar si el local te brinda los beneficios que esperas en cuanto a ubicación, tamaño y costos y en caso de necesitarlo realizar los cambios que se requieran.
¿ Cuánto se debe pagar por un alquiler ? Esta es una pregunta importante, pero la mejor forma de responderla es a través de un presupuesto. No todos los negocios son iguales, ni tienen los mismos costos ni las mismas utilidades. Un alquiler elevado puede fácilmente devorar tus utilidades y aniquilar tu negocio. Si bien los costos de alquiler suelen ser altos, podríamos decir que una buena medida de referencia para calcular la inversión en local no debería sobrepasar un 30% del presupuesto mensual de operación de tu empresa.
¿ Cuál es una buena ubicación para mi local ? La apropiada ubicación del local puede hacer la diferencia entre muchos clientes o pocos clientes. Esto aplica especialmente para los tipos de negocios donde el cliente busca tu tienda o es atraído por la presentación de tu negocio. Algunos otros factores importantes a considerar son: facilidad para accesar desde un vehículo, aparcamiento disponible, seguridad y sobre todo que estés ubicado en el sector económicamente correcto. En este aspecto puedes contar con la experiencia y profesionalidad de ESINEINCA DIVISIÓN INGENIERÍA quien te asesorara de una manera totalmente gratuita sobre este aspecto desde un punto de vista técnico y con la experiencia de haber ayudado a la implantación de casi 1300 Locales en toda España desde 2003.
¿ Qué otros costos debo considerar ? Los costos básicos a considerar al momento de alquilar tu local y que son costos variables importantes a presupuestar son: los costos del contrato, la adecuación del local, línea(s) telefónica(s), Internet, traslados, etc. También debes cerciorarte previamente a cuanto ascienden los costos fijos de servicios mensuales como electricidad, agua, vigilancia, alarmas, mantenimientos, etc.
¿ Conviene más ubicarlo en un centro comercial o en un barrio popular ? Esto se debe evaluar en relación de costo beneficio. Ubicarte en un centro comercial atractivo puede representarte mayores ventas pero también mayores costos. Mientras que colocar tu negocio en tu barrio puede ser más económico pero también podría significar menos ventas. Además, los centros comerciales suelen ser mucho más estrictos en los términos de contratación, horarios, días festivos y otras condiciones que debes evaluar detenidamente.
¿ Como saber si tendré clientes ? Esta pregunta representa en si misma un profundo tema de marketing. Pero simplificando diría: si vas a vender balones de fútbol, ¿ los ofrecerías en una pista de patinaje ? Claro que no !! Los balones de fútbol se deben comercializar en estadios, centros y academias de fútbol !! Saber si tu negocio tendrá clientes y más aún, si serán los clientes deseados es un tema que requiere mucho más que un simple sí o no. Debes analizar, hacer un estudio de mercado básico y una labor de promoción que puede ser de bajo costo.
¿ Debo buscar una esquina ? Las esquinas son excelentes ubicaciones para colocar negocios porque tienen regularmente una excelente visibilidad. Ya sea en centros comerciales o en áreas comerciales populares, estar ubicado estratégicamente puede hacer la diferencia en las utilidades.
¿ Cuanta competencia hay en esta zona ? Estar cerca de tu competencia puede ser un arma de doble filo. Puede presionarte a manejar una estrategia de volumen por precios bajos, lo cual puede repercutir seriamente en tus utilidades o bien puede ser un beneficio por considerar que tus competidores ya han creado un mercado que fácilmente puede ser atraído si ofreces mejores productos, atención y precio.
Finalmente, algunos pequeños consejos adicionales pero no por ello menos importantes son:
Procura ser puntual y cumplido con tus Alquileres. La acumulación de deudas por alquileres puede convertirse en una desenfrenada e indeseable carga que no querrás para la salud de tu negocio.
Procura ubicarte cerca de donde haya otros negocios que generen tráfico. Por ejemplo supermercados, bancos, colegios, farmacias, fábricas u hospitales.
La unión ayuda a desarrollar comercialmente la zona y tu negocio aportará un valor importante para los otros negocios del sector.
El local no lo es todo. Recuerda que una vez que estés bien ubicado, deberás trabajar fuerte en el desarrollo de la imagen de tu empresa, una estrategia de mercadeo y promoción para atraer clientes hacia tu negocio y hacer que vuelvan.
Por ultimo, te recordamos que en www.esineinca.com te ayudamos gratuitamente y sin compromiso en la elección de tu local, nave u oficina. Desde 2003 casi 1300 Licencias de Apertura para emprendedores.









